RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Diálogos con la jurisprudencia. Cambios legislativos e inercia judicial. Ámbito de la jurisdicción social. Impugnación de actos de las Administraciones públicas en procesos selectivos de personal laboral

Comentario al Auto del Tribunal Supremo, Sala Especial de Conflictos de Competencia, 3/2020, de 12 de febrero

Ángel Ardura Pérez
Magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 28 de Madrid

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RTSS. CEF. NÚM. 447 (junio 2020)

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Caso práctico. Cuerpo Técnico de la Administración de la Seguridad Social

En el presente caso práctico se reproduce el enunciado del supuesto que se planteó como tercer ejercicio en la convocatoria de la oposición para el ingreso en el Cuerpo Superior Técnico de la Administración de la Seguridad Social, efectuada por la Resolución de la Subsecretaría del entonces Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de 21 de febrero de 2019 (BOE de 1 de marzo). En el mismo se lleva a cabo un análisis de las cuestiones derivadas del planteamiento, incorporando la fundamentación jurídica de las respuestas a tales cuestiones.

Palabras clave: técnicos de la Administración de la Seguridad Social; caso práctico.

Julia Espinosa Blanco

Isabel Muñoz García
Funcionarias del Cuerpo Técnico de la Administración de la Seguridad Social

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RTSS. CEF. NÚM. 447 (junio 2020)

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Editorial. La COVID-19 y el arte de lo (jurídicamente) posible: del estrés legislativo al colapso interpretativo

1. Hasta el momento, el principal afán de los juristas del trabajo –y de los juristas en general–, en el intento de comprensión del tsunami de legislación de autoridad gubernativa derivado de la pandemia de COVID-19, se ha centrado en exponer ordenadamente, al menos en lo –muy poco– posible, el inmenso arsenal de medidas laborales y sociales que aquella va, atropelladamente, incorporando, para afrontar la tragedia económica y sociolaboral generada por la crisis sanitaria del nuevo coronavirus. En coherencia con ello, el editorial y el análisis de actualidad del número pasado lo dedicamos a esa necesaria misión expositivo-crítica inicial del nuevo entramado normativo (a la proliferación de reales decretos-leyes se sumaría la multiplicación de disposiciones de regulación ministerial –«derecho subterráneo»–). Esta fase del proceso jurídico-social está lejos de agotarse. El Real Decreto-Ley (RDL) 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, no solo busca complementar las varias lagunas de protección sociolaboral de los siete anteriores, también nova algunas –muchas– de las zonas más oscuras e inciertas de los precedentes, aunque con ello genere nueva inseguridad jurídica. Es un patrón común de esta sufrida técnica legislativa.
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Cristóbal Molina Navarrete
Director

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RTSS. CEF. NÚM. 446 (mayo 2020)

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Estudios. Discapacidad sobrevenida y exclusión sociolaboral: una correlación precisada de urgentes vías de corrección

La discapacidad sobrevenida en la actualidad, y a la vista de los datos y estadísticas oficiales referidos al mercado de trabajo, se convierte, sin lugar a dudas, en un factor de expulsión y/o exclusión de la persona trabajadora que se encuentra en tal situación. Y ello no solo se produce respecto de la previa relación de trabajo que mantenía, sino incluso del propio mercado de trabajo, deviniendo las personas con discapacidad sobrevenida en un nuevo colectivo con especial vulnerabilidad sociolaboral. A esta situación contribuye tanto la actual remercantilización de las condiciones de vida y de trabajo, primando la utilidad o la ganancia por encima de los derechos fundamentales de índole social, como también las carencias y contradicciones del sistema jurídico.
Frente a esta realidad, nos encontramos con el hecho de que ni la legislación ni las políticas públicas suelen atender de una forma específica a tal problemática, lo que contrasta con que exista una creciente concienciación sociosindical de la particularidad y la gravedad de tal situación de exclusión-vulnerabilidad sociolaboral.
Diversas deben ser las vías de corrección de esta grave anomalía de nuestro mercado de trabajo y del propio sistema jurídico laboral, destacándose, en este punto, la negociación colectiva como una herramienta clave para afrontar este reto en pos de la igualdad y no discriminación de las personas trabajadoras con discapacidad.

Palabras clave: derecho a la no discriminación de las personas; despido disciplinario; despido objetivo; Estatuto de los Trabajadores; principio de seguridad jurídica; Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero.

Manuel García Jiménez
Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 446 (mayo 2020)

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Estudios. La jubilación activa del trabajador autónomo. Una compatibilización llena de interrogantes

El perfil demográfico de España, con una clara tendencia al envejecimiento y aumento de la esperanza de vida, supone un grave reto desde la perspectiva de la sostenibilidad financiera de la pensión de jubilación. Como consecuencia de ello, en los últimos años se han llevado a cabo diversas medidas de compatibilización entre actividad laboral y percibo de la dicha pensión que tienen como objetivo la prolongación de la vida activa de los trabajadores –tanto por cuenta ajena como propia–. Si bien la indeterminación de la fórmula jurídica utilizada por la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo, plantea diversas problemáticas de tipo interpretativo que dificultan su aplicación, especialmente en lo relativo a la compatibilización de la jubilación activa y el percibo del 100 % de la prestación para los trabajadores autónomos societarios, cuya disparidad de criterios entre la entidad gestora y los distintos órganos judiciales conlleva un escenario de inseguridad jurídica y alta litigiosidad.

Palabras clave: derecho a la no discriminación de las personas; despido disciplinario; despido objetivo; Estatuto de los Trabajadores; principio de seguridad jurídica; Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero.

Isabel María Pérez Gázquez
Profesora ayudante doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Católica San Antonio de Murcia

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Estudios. El Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero: una medida laboral urgente para garantizar el cumplimiento de los compromisos europeos, la seguridad jurídica y la protección de los colectivos vulnerables

El presente estudio pretende abordar tanto la evolución normativa del despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo como la reciente doctrina del Tribunal Constitucional que avala este despido, para posteriormente analizar con más detalle la derogación (por el RDL 4/2020, de 18 de febrero) del artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores: un precepto especialmente complejo –y ya tradicional– en el ámbito del derecho del trabajo que responde a la finalidad de combatir el absentismo laboral, cuya influencia negativa en la marcha normal de la empresa es evidente. Finalmente, tras el análisis anterior, se tratará de encontrar una respuesta adecuada a algunas cuestiones como la siguiente: ¿pueden recurrir a otras vías (como el despido disciplinario) los empresarios que a partir de ahora quieran despedir a un determinado trabajador por absentismo laboral?

Palabras clave: derecho a la no discriminación de las personas; despido disciplinario; despido objetivo; Estatuto de los Trabajadores; principio de seguridad jurídica; Real Decreto-Ley 4/2020, de 18 de febrero.

Miguel Ángel Gómez Salado
Profesor contratado doctor (acreditado) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Málaga

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Crónica de actualidad. Tribunales virtuales y procedimiento online: solución de contingencia ante pandemias o evolución necesaria

La evolución en las tecnologías de la información ha hecho posible que trabajos tradicionalmente presenciales o en grupo puedan desarrollarse y potenciarse a distancia. En el ámbito de la justicia, sin embargo, el empleo de estas tecnologías ha sido escaso. El presente artículo tiene por finalidad explorar las posibilidades que la tecnología puede ofrecer en el desempeño de la actividad jurisdiccional mediante la creación de tribunales virtuales a través de un procedimiento online en el que el justiciable pueda obtener de manera rápida y sin intermediarios una resolución conforme a derecho. Asimismo, tomando como ejemplo las plataformas distribuidas, los tribunales virtuales pueden cambiar el paradigma de la justicia mediante la creación de un auténtico tribunal de instancia de nivel estatal, en el que los procedimientos se tramiten por una inteligencia artificial que construya el procedimiento, lo depure, recopile la información y ofrezca al juzgador (elegido de forma aleatoria o mediante un sistema competitivo) un expediente virtual que se sirva de todas las ventajas de la digitalización. Los tribunales virtuales no son solo la solución a la paralización de la justicia en un supuesto de confinamiento, sino la herramienta más útil para escalar un sistema judicial que pueda responder a los aumentos puntuales en el volumen litigioso.

Palabras clave: inteligencia artificial (IA); justicia automatizada; juzgados virtuales centralizados y descentralizados; procedimiento online; vista en directo y en diferido; punto Schelling.

Javier Ercilla García
Magistrado.
Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria

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Diálogos con la jurisprudencia. El empate técnico se deshace en Madrid a favor de la laboralidad de la relación de los repartidores de las plataformas digitales de reparto

Comentario a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 1155/2019, de 27 de noviembre, 40/2020, de 17 de enero, y 68/2020, de 3 de febrero

Luis Pérez Capitán
Director del Servicio de Estudios de la Confederación UGT
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
Profesor asociado doctor de la Universidad Pública de Navarra

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