RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

La ambigua naturaleza jurídica del contrato predoctoral y su incidencia a efectos indemnizatorios

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 1064/2018, de 15 de mayo

Josep Moreno Gené
Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Lleida

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RTSS. CEF. NÚM. 431 (febrero 2019)

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Peculiaridades (o «privilegios») del contrato de obra o servicio determinados en el ámbito de la investigación

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 876/2018, de 18 de septiembre

Fernando Ballester Laguna
Catedrático de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Alicante

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Despido objetivo de personal investigador tras informe desfavorable de una agencia evaluadora de la actividad investigadora

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha 1081/2018, de 24 de julio

Juan Ramón Rivera Sánchez
Catedrático de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Alicante

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La conciliación de la vida laboral y familiar a través de la adaptación de la jornada: una herramienta para la igualdad de género y la productividad

Finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2018 en la modalidad de Recursos Humanos

Las medidas de conciliación previstas en la actualidad no solo no han favorecido la igualdad de género y la compatibilización de la vida laboral y familiar, sino que al tratarse de medidas de ausencia laboral, total o parcial, y habiendo sido asumidas de forma abrumadoramente mayoritaria por las trabajadoras, han supuesto un factor relevante en la actual brecha salarial de género existente entre mujeres y hombres.
Por ello, la adaptación de la jornada y la flexibilidad horaria, como derecho de conciliación del trabajo y la familia, supondría una óptima herramienta para lograr la igualdad de género, permitiendo la retención en el mercado laboral del talento femenino, sin necesidad de renunciar ni a la retribución ni a la trayectoria profesional, y contribuyendo a una mayor corresponsabilidad, que junto a la racionalización de los horarios conllevaría una mayor productividad empresarial.

Palabras clave: conciliación de la vida laboral y familiar; adaptación de la jornada; flexibilidad laboral; jornada; igualdad de género.

Sonia Morán Roa
Abogada laboralista en Palomino & Morán Abogados.
Doctoranda en Derecho del Trabajo

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La «Carta de derechos digitales» de los trabajadores ya es ley: menos claros que oscuros en la nueva regulación

1. El análisis de actualidad sociolaboral del número 424 de esta revista, correspondiente al mes de julio de 2018, concluía con el deseo de que el título X del proyecto de Ley orgánica de protección de datos, fruto de la tramitación de una enmienda del Grupo Socialista, prosperase, puesto que incorporaba novedosamente una «carta de derechos digitales» en el ámbito laboral. El favor expresado no se basaba en las bondades de su contenido, pues como se apuntaba, presentaba más sombras que luces, sino en la necesidad de disponer de un mínimo tratamiento legislativo respecto de cuestión tan trascendental para el mundo del trabajo actual. Aportaba así, en última instancia, datos legislativos que permitirían al intérprete superar los vicios jurídicos y reconstruir sobre fundamentos avanzados el equilibrio perdido, en una materia que se ha venido configurando hasta ahora como «una encrucijada en la que confluyen líneas de fuerza en tensión y múltiples cuestiones en que la jurisprudencia no siempre ha ofrecido respuestas uniformes o coincidentes», según apunta la muy reciente e importante Sentencia del Tribunal Supremo (STS) (Sala de lo Penal) 489/2018, de 23 de octubre.

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Margarita Miñarro Yanini
Secretaria

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Despidos colectivos de trabajadores de edad avanzada y protección social: entre la discriminación y la eficiencia

Uno de los principales problemas que han planteado los pactos de prejubilación ligados a despidos colectivos es su posible carácter discriminatorio, pues la edad se acaba convirtiendo en muchas ocasiones en el criterio definitivo de implicación de los trabajadores en el proceso extintivo, aunque, en realidad, la misma no guarde ningún tipo de relación con las causas que motivan el mismo. La elección como afectados de los trabajadores de mayor edad solo será válida si la empresa demuestra que hay causas justificadas que la llevan a tomar dicha decisión. Ante la precaria situación provocada por la expulsión prematura de los trabajadores de edad, el ordenamiento español diseña diversos mecanismos para lograr la anticipación –real o ficticia– del momento de la jubilación, modificados tras la Ley 27/2011, cuyo fundamento se encuentra en un pacto entre el trabajador y el empresario, que normalmente se lleva a cabo en un contexto de regulación de empleo o de bajas incentivadas para reducir o reestructurar la plantilla en la empresa. En dicho contexto, que no esconde sino el deseo empresarial de rejuvenecimiento de plantillas, el legislador, a la vez que otorga subvenciones públicas para reparar situaciones de necesidad de los afectados y endurece la jubilación anticipada involuntaria o por crisis, pretende penalizar las prejubilaciones imponiendo una aportación económica al Tesoro público de aquellas grandes empresas (o grupos de empresas) con beneficios que efectúen despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 o más años, con la pretensión de limitar la asunción de costes de la Administración pública en el capítulo de la protección por desempleo de los trabajadores de edad avanzada en contextos de reestructuración empresarial.

Palabras clave: trabajador de edad avanzada; despido discriminatorio; prejubilación; aportación al Tesoro público.

M.ª de los Reyes Martínez Barroso
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de León

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La reclamación de salarios de tramitación al Estado por la dilación del proceso judicial

El artículo 56.5 del Estatuto de los Trabajadores regula la obligación del Estado a la hora de abonar los salarios de tramitación, cuando proceda su devengo, en los casos en los que la improcedencia de un despido haya sido declarada transcurridos más de 90 días desde la presentación de la demanda. En el presente estudio abordaré las cuestiones sustantivas y procesales que se derivan de esta obligación estatal.

Palabras clave: salarios de tramitación; responsabilidad del Estado; despido improcedente; insolvencia empresarial; proceso laboral.

Eduardo Enrique Taléns Visconti
Profesor ayudante doctor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universitat de València

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RTSS. CEF. NÚM. 430 (enero 2019)

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Economía colaborativa y crisis del derecho del trabajo

La economía colaborativa surge en un contexto propicio de crisis y de derroche. Nos ha llevado a despertar de una pesadilla en un mundo cada vez menos sostenible y nace de una propuesta para cubrir de forma racional necesidades innatas desde un punto de vista individual y colectivo. Se ha pasado desde un viejo modelo de trueque a una versión evolucionada en la que las plataformas digitales han creado una fórmula expansiva del fenómeno sobre la base de la reputación digital. Las diferentes fórmulas del consumo colaborativo han llegado para quedarse. Sin embargo, las grandes plataformas creadas aprovechando el «viento a favor» no se adaptan con facilidad a los clásicos derechos consolidados en el ámbito laboral. Toca, pues, adoptar las medidas necesarias para acomodar los derechos de los trabajadores a las nuevas fórmulas de la economía colaborativa.

Palabras clave: economía colaborativa; plataformas digitales; trabajador por cuenta ajena; trabajador autónomo; consumidores.

José Sánchez Pérez
Profesor contratado doctor (acreditado) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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