RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

La prevención de riesgos laborales de los jueces, una cuestión de orden (jurisdiccional) y de órgano (judicial): ¿«En casa del herrero cuchillo de palo»?

Comentario a la Sentencia de la Audiencia Nacional 25/2018, de 12 de febrero (proc. 251/2017)

José María Moreno Pérez
Abogado.
Profesor asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén.

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RTSS. CEF. NÚM. 427 (octubre 2018)

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El reconocimiento de la identidad de género por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de junio de 2018, asunto C-451/16

José Díaz Lafuente
Profesor investigador postdoctoral de Derecho Constitucional.
Universitat Jaume I

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Cómputo de la prescripción de la reclamación de daños y perjuicios derivada del retraso en la adscripción a una plaza vacante denegada por la empresa

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de abril de 2018 rec. 919/2016

Pilar Palomino Saurina
Profesora contratada doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Extremadura

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RTSS. CEF. NÚM. 427 (octubre 2018)

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Retribución salarial de los trabajadores que no trabajan el mes completo por determinadas circunstancias

Comentario a la Sentencia de la Audiencia Nacional 30/2018, de 19 de febrero

Raquel Poquet Catalá
Profesora asociada.
Universidad Internacional de La Rioja

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Análisis empírico del impacto de las prácticas de gestión estratégica de recursos humanos sobre el crecimiento de la empresa

Accésit en el Premio «Estudios Financieros» 2018 en la modalidad de Recursos Humanos

El presente estudio analiza la relación existente entre las prácticas de gestión estratégica de recursos humanos, la innovación, la gestión de conocimiento y el crecimiento de la empresa. En este sentido, el propósito del estudio ha sido el análisis del impacto de las prácticas de dirección y gestión estratégica de recursos humanos sobre el crecimiento de la empresa, así como los efectos mediadores de la innovación organizacional y la gestión de conocimiento. Para alcanzar este objetivo, se administraron diferentes escalas o instrumentos a 460 participantes que trabajan en una empresa del sector de telecomunicaciones. El análisis de regresión múltiple jerárquica y las correlaciones de Pearson han sido las principales técnicas utilizadas para el análisis de datos. Los resultados obtenidos presentan e identifican las correlaciones altamente significativas entre las prácticas de gestión estratégica de recursos humanos y el crecimiento empresarial percibido (subjetivo) y el crecimiento empresarial real (objetivo). Asimismo, las prácticas de recursos se perfilan como buenos predictores del crecimiento empresarial. Por otra parte, se destaca que la innovación y gestión de conocimiento tienen efectos de mediadores en la relación entre las prácticas de gestión estratégica de recursos humanos y el crecimiento empresarial. Por último, se proponen algunas implicaciones prácticas y futuras líneas de investigación.

Palabras clave: gestión estratégica de recursos humanos; crecimiento de empresa; innovación; gestión de conocimiento.

Richard Mababu Mukiur
Profesor de Psicología Social del Trabajo y de las Organizaciones.
UDIMA

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RTSS. CEF. NÚMS. 427 (octubre 2018)

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¿Quo vadis, Europa sociolaboral?: jueces, última trinchera del principio de comunidad jurídica

1. El retorno de la «soberanía nacional» frente al principio de comunidad jurídica en el «nuevo (des)orden europeo». No ha habido proyecto de «orden de paz cosmopolita», desde el origen mismo de la Ilustración, que no hiciera de la juridicidad del proceso, esto es, de la «razón (artificial o convencional) de derecho», una de sus principales enseñas. Tal proyecto de orden cosmopolita, según el cual todo ser humano tendría derecho a ser tratado y vivir (a visitar, comerciar y recibir hospitalidad, que sintetizaría Kant) como tal en cualquier Estado del mundo, incluido el suyo propio, no podría realizarse si quedara solo, o en gran medida, a merced de la buena voluntad de los gobernantes de cada Estado soberano, es decir, si dependiera de «obligaciones ético-sociales» y de la «filantropía» de aquellos, sino que exige la integración en una comunidad de derecho (internacional). Por eso, desde su origen mismo, el proyecto de integración europea puso el acento en la creación de una comunidad jurídica o de derecho, aunque su finalidad esencial inicial fuese económica –sin derecho no hay mercado–, sin perjuicio del trasfondo político último inspirador –que jamás se reprodujera la barbarie de una guerra, ni mundial ni mucho menos europea; ni siquiera «comercial»–.

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Cristóbal Molina Navarrete
Director

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RTSS. CEF. NÚMS. 425-426 (agosto-septiembre 2018)

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El trabajo a tiempo parcial y su impacto en el sistema de pensiones: especial referencia a la pensión de jubilación

Las relaciones laborales a tiempo parcial aumentan su peso en toda Europa, y es una tendencia en alza. Desde un punto de vista económico, parece inevitable. Pero cuestión distinta es que desde un vista de vista jurídico se les aplique un régimen protector precario. Ante esta nueva realidad laboral es incoherente mantener un sistema de protección social asentado en un modelo de trabajo indefinido y a tiempo completo. En este artículo se analiza el impacto económico que tal tendencia va a tener en el sistema de Seguridad Social y se examina si nuestro Derecho de la Seguridad Social se ha adaptado a esta situación (en la línea prevista por el Parlamento Europeo en su Resolución de 14 de enero de 2014, sobre la protección social para todos). Finalmente, se hacen una serie de propuestas lege ferenda, entre las que destaca el que se modifique la fórmula para calcular los periodos cotizados por los trabajadores a tiempo parcial, en orden a los requisitos, acogiendo la fórmula que se usa con el desempleo: un día trabajado debe computar como cotizado cualquiera que sea la jornada. Igualmente, deben fortalecerse las aportaciones estatales a la financiación de la Seguridad Social (ya que el equilibrio entre contribuciones y prestaciones no se sostiene, entre otros motivos por los complementos por mínimos que con frecuencia percibe quien trabajó a tiempo parcial); y modificar las reglas relativas a la integración de lagunas, evitando que sea la última relación la que marque cómo se integran, buscando un criterio más próximo a la vida laboral, sin que sea una cuestión de azar.

Palabras clave: trabajo a tiempo parcial; pensión de jubilación.

Juan Antonio Maldonado Molina
Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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RTSS. CEF. NÚMS. 425-426 (agosto-septiembre 2018)

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¿Existe el convenio de empresa con prioridad aplicativa?

Premio «Estudios Financieros» 2018 en la modalidad de Trabajo y Seguridad Social

Transcurridos 6 años desde la entrada en vigor de la reforma laboral de 2012, en la que se modificó profundamente la estructura tradicional de la negociación colectiva en España, se analiza en el presente trabajo uno de los aspectos fundamentales de la misma, como es la concesión, en determinadas materias, de preferencia aplicativa al convenio de empresa, haciendo un recorrido por los distintos pronunciamientos que nuestros tribunales han realizado sobre esta, y los límites que han impuesto para su aplicación, hasta el punto de considerar que han hecho prácticamente imposible la negociación de un convenio de empresa que cumpla con todos y cada uno de ellos, con lo que se ha reducido prácticamente a la nulidad su eficacia práctica.

Palabras clave: convenio colectivo; empresa; nulidad; prioridad aplicativa.

Ricardo Javier Laborda Ferrer
Inspector de Trabajo y Seguridad Social.
Profesor asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Zaragoza

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RTSS. CEF. NÚMS. 425-426 (agosto-septiembre 2018)

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