Conceptos computables y otras medidas sobre cotización a la Seguridad Social a partir del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre

La publicación del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, ha incorporado importantes cambios en materia de Seguridad Social, en particular el que afecta a los conceptos computables en la base de cotización del Régimen General, que exigiría un desarrollo más detallado que el que nos ofrece la norma, por lo que se le prestará una especial atención a esta cuestión y también a otros aspectos novedosos que recoge el citado precepto que tienen que ver con la cotización. En este sentido, el presente análisis ofrece criterios prácticos para la aplicación de las novedades del citado real decreto-ley, en coordinación con las normas de cotización que figuran en el artículo 128 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, que ha necesitado la publicación de una ulterior norma –el Real Decreto-Ley 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas–, para zanjar posibles dudas surgidas entre ambos preceptos, sin que faltase algún sobresalto de última hora relativo a la ampliación del ingreso de las cotizaciones por los nuevos conceptos computables y la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos en determinadas situaciones.

Palabras clave: base de cotización, conceptos computables y Seguridad Social.

 

Fco. Javier Fernández Orrico
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Miguel Hernández

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RTSS. CEF. NÚM. 371 (febrero 2014)

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SUMARIO

Introducción

I. Bonificaciones aplicables en el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial
II. Reducción en la cotización por desempleo en los contratos de duración determinada a tiempo parcial
III. Base mínima de cotización en determinados supuestos de trabajadores autónomos

1. Ampliación de la medida a otros dos supuestos

1.1. Socios trabajadores de sociedades capitalistas
1.2. Socios trabajadores de sociedades laborales

IV. Bonificaciones a empresa usuaria de trabajadores con contratos en prácticas suscritos con empresas de trabajo temporal
V. Horas extraordinarias en contratos a tiempo parcial
VI. Modificación de los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General

1. La consideración del salario tanto «en metálico» como «en especie»

1.1. El significado del salario en especie
1.2. Plazo establecido para regularizar la cotización de las retribuciones en especie

2. Ampliación de los conceptos computables en la base de cotización del Régimen General

2.1. Gastos de locomoción
2.2. Gastos de manutención
2.3. Mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal y asignaciones para gastos de estudios

3. Consecuencias, aplazamiento y propuestas sobre la ampliación de los conceptos computables

3.1. Consecuencias de la medida
3.2. Aplazamiento en la cotización de los nuevos conceptos computables
3.3. Propuesta que sugiero

4. Nueva obligación de control exigida al empresario de comunicar todos los conceptos retributivos

4.1. Algunas cuestiones de interés sobre la nueva obligación

5. Cuestiones accesorias

VII. Consideraciones sobre la forma de incorporación de las nuevas medidas