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irme de la empresa sin preavisar por incumplimiento del empresario

Hola, me quiero ir de la empresa, pues he estado de baja por una operación y le correspondía a mi jefe el pago de esta, llevo reclamandole esta prestación y me da largas, ahora mi temor es que no me pague mi salario, así que he decidido irme de mi empresa y aprovechar a para prepararme unas oposiciones mientras recibo el paro, pero surge la siguiente pregunta: me puedo ir de la empresa sin avisar o debo de preavisar?

Si te vas de la empresa es baja voluntaria sin derecho a paro y depende del convenio normalmente se tiene que preavisar con 15 días de antelación.

Podrías alegar incumplimiento de de las obligaciones del empresario, no teniendo que preavisar pero las prestaciones derivadas de la Seguridad Social no tienen el carácter de salarios, y aunque exista la obligación de su abono por el empresario actuando por delegación, en colaboración obligada del Ente Gestor, de su incumplimiento no puede derivarse la acción rescisoria del contrato prevista en el art. 50.1 b) del TRET, referida exclusivamente a la falta de pago o retraso continuado en el abono de salarios.