- LA ADOPCIÓN DE LA DECISIÓN DE DESPEDIR A UNA TRABAJADORA A CAUSA DEL EMBARAZO O NACIMIENTO DE UN HIJO [Comentario a la STJCE, Sala Tercera, de 11 de octubre de 2007, asunto C-460/06, Nadie Paquay contra Société d´architectes Hoet + Minne SPRL] *
- LA APLICACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN DE CALIDAD TOTAL A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS: CASO MERCADONA
Reforma de convenios.
¿Puede un Convenio Colectivo disponer sobre derechos establecidos en un convenio anterior? ¿Puede el convenio posterior empeorar las condiciones de trabajo del precedente?
cambio de convenio colectivo
Gracias Eugenio por tu respuesta, pero me surgen nuevas dudas:
En caso de un cambio de convenio colectivo, porque la empresa entiende que se debe aplicar otro convenio. ¿Hay derechos adquiridos como el salario base y complementos del convenio anterior? ¿Se consolidan los trienios o la antigüedad? ¿Cuentan los periodos que están pendientes de perfeccionar un derecho (por ejemplo, un trienio).
Cambio de CC
Problemas previos a la decisión:
- ¿Está justificado el cambio o es por conveniencia?
- Si no hay cambio de actividad que de lugar a un cambio en el ámbito funcional ¿Qué efectos puede tener sobre el pasado? Imaginemos que el cambio es por error.
Efectos:
- Supuesto de que el nuevo CC sea más favorable: No debería haber problemas.
- Supuesto de empeoramiento de las condiciones:
- Primero hay que distinguir la parte de condiciones de trabajo regulada por el CC y la que regula el contrato individual
- Las condiciones individuales, permanecen.
- En los casos en que sobre las condiciones colectivas, por ejemplo, salariales, se suplemente una cantidad superior a título individual, debe permanecer y respetarse esta cantidad superior. Cabe el juego de la absorción y compensación de la mejora individual sobre los conceptos o complementos del CC.
- Hay condiciones que se deben respetar, por ser condiciones de trabajo individuales, como la antigüedad, salarios…
Un saludo
Cambio de Convenio
En una empresa pequeña, sólo tres trabajadores, están aplicando un convenio colectivo, mediante cláusula en el contrato, que es incorrecto, por ello quieren cambiar de convenio de aplicación.
Alguien me podría decir ¿Qué pasos deberían dar?
Gracias


Reforma de convenios.
El Art. 86 del ET, establece:
La vigencia del contenido normativo del convenio, una vez concluida la duración pactada, se producirá en los términos que se hubieren establecido en el propio convenio. En defecto de pacto se mantendrá en vigor el contenido normativo del convenio.
Por tanto: