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Lio con hacienda por modulos.

Hola soy nuevo en el foro. Mi nombre es Sebastian, hace un año me di de alta en el regimen especial autonomos en la forma de pago de estimacion objetiva (modulos). Ya habia estado en modulos en el año 2011 pero en distinto epigrafe (505.1 en 2013 y 505.6 en el año 2011). Ahora hacienda me dice que debo regular la situacion del año 2013 y cambiar el metodo a estimacion directa porque ya renuncie a modulos en 2011 y no se puede acceder a los mismos menos de tres años antes de la ultima renuncia, con lo cual deberia pagar a hacienda en torno a unos 18000 euros los cuales no tengo entre otras cosas porque casi alcanza el margen de beneficio neto que obtuve con dicha actividad.
Y mi pregunta es si es logico que me reclamen dicha cantidad si yo cambie de epigrafe, es decir manteniendome en modulos pero en distinta actividad.
Si una persona que monta una cafeteria en el regimen de modulos y cierra el negocio porque se va a,por ejemplo, trabajar como repartidor de mercancias puede volver a tributar en modulos porque yo no puedo?

Espero haberme explicado..

Gracias de antemano.

Efectivamente la presentación de la renuncia al régimen de estimación objetiva conlleva a que el mismo no se podrán aplicar mientras que no se revoque la misma. La revocación no podrá presentarse hasta que como mínimo transcurran tres años desde la presentación de la misma. Le hago referencia a la consulta v2506/2011 de la Dirección General de Tributos de 20 de octubre de 2011 que le puede servir de ayuda.

Ante todo gracias por contestar.

Ya sabia lo de los tres años, pero al tratarse de modulos diferentes ya que son epigrafes distintos, crei que no habria problema, pues conozco gente que se ha dado de alta en modulos, en actividades diferentes antes de tres años y no ha tenido problema alguno.

A ver si me lo podeis aclarar.

Un saludo