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Jubilación de autónomo y despido de los empleados

Hola buenas tardes.
Necesitaría que me pudieran aclarar una situación que me preocupa.
Les explico; Un autónomo con varias lineas, fijas y continuadas en el tiempo, de transporte por carretera que trabaja para una sola agencia se jubila.
Los conductores de esas rutas, una vez que se jubile el autónomo que los tiene empleados, en que situación quedarían teniendo en cuenta que la actividad que ellos desarrollan la seguiría realizando otro autónomo puesto que la agencia no tiene conductores, solo ofrece las rutas, una o varias a distintos autónomos y estos a su vez contratan o realizan el trabajo ellos, según la cantidad de rutas que tengan.
Tienen que despedir e indemnizar y como, o pueden seguir trabajando para el nuevo autónomo que se comprometa a hacer esas mismas rutas?
Gracias de antemano.

Si tras la jubilación la actividad no continúa los trabajadores tendrán derecho a una indemnización equivalente a una mensualidad.

En el supuesto de existir un tercero que continúe la actividad, estariamos en el supuesto de la subrogación contractual, en donde el nuevo empresario queda obligado a respetar los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente. Pero en este caso es obligatorio que la actividad empresarial guarde la misma identidad entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria.