El Tribunal Supremo fija que los accidentes ‘in itinere’ de los funcionarios dan derecho a la pensión extraordinaria por incapacidad permanente
Enviado por Editorial el Vie, 21/05/2021 - 09:26La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que el accidente ‘in itinere’ de un funcionario público es consecuencia del servicio a efectos de percibir la pensión extraordinaria de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio.
La Sala ha dictado dos sentencias en las que reconoce el derecho al cobro de una pensión de estas características, cuya base de cálculo es del 200 por 100, a un funcionario de prisiones y a una guardia civil al considerar que los accidentes que sufrieron en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo fueron como consecuencia del servicio.