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SUBRROGACION PERSONAL

La empresa en la que trabajo ahora, comunica a sus trabajadores que vende su cartera de clientes a otra empresa y a los trabajadores, conservando antigüedad y condiciones de trabajo.
Mis dudas recaen en si realmente esto no se cumple, si la nueva empresa que subroga al personal, puede cambiar las condiciones de trabajo (horario, salario..). En caso afirmativo, a los trabajadores que no les interese las nuevas condiciones, ¿Cual sería la causa de la baja? ¿Voluntaria? ¿No tendrían entonces derecho a cobrar la indemnización por lo años trabajados? Muchas gracias de antemano.

En líneas generales, si se cumplen todos los requisitos para que se considere que esa operación es una sucesión de empresa, la nueva está obligada a subrogar a los trabajadores en las mismas condiciones, de todo tipo. Por lo que no deben cambiarse esas condiciones. La empresa original previamente entregará a la nueva el listado de todos los trabajadores afectados, y dará de baja a los trabajadores en la fecha que se haga efectiva la sucesión. Y la nueva deberá darlas de alta a partir de ese fecha. de no hacerse así, puede impugnarse la extinción del contrato de trabajo.