Novedades legislativas junio 2008

Aprobada la instrucción técnica complementaria reguladora de la formación en seguridad para los trabajadores de las industrias mineras

En el BOE del día 13 de mayo se publica la Orden ITC/1316/2008, de 7 de mayo, que entrará en vigor el 13 de agosto de 2008, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria 02.01.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, cuyo objeto es la regulación de la formación profesional mínima en materia de seguridad y salud laboral que deben poseer los trabajadores que desempeñan su trabajo habitual en centros de trabajo adscritos a actividades mineras.

Creados los Registros de Empresas Acreditadas en las Ciudades de Ceuta y Melilla

En el BOE del 22 de mayo se publican las Órdenes PRE/1390/2008 y PRE/1391/2008, por la que se establece el Registro de Empresas Acreditadas de la Ciudad de Ceuta y Melilla, respectivamente.

La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, y el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, que la desarrolla, establecen que las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción deberán, con carácter previo, estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral competente.

Conforme a la normativa apuntada, el Registro, de naturaleza administrativa y carácter público, dependerá de la autoridad laboral correspondiente a la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio de la empresa contratista o subcontratista, debiendo crear cada Comunidad su propio registro, añadiéndose en el artículo 9 del Reglamento que «... existirán sendos Registros de Empresas Acreditadas en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla, dependientes de la autoridad laboral de la Administración General del Estado; ... [donde] se inscribirán las empresas contratistas y subcontratistas cuyo domicilio radique en alguna de esas ciudades».

La obligación de inscripción en el Registro correspondiente solo podrá exigirse conforme establece la disposición transitoria primera del Real Decreto 1109/2007 después de que hayan transcurrido 12 meses desde su entrada en vigor, esto es, solo podrá exigirse desde el 26 de agosto de 2008. A estos efectos las empresas que deseen acreditarse durante el mencionado período únicamente podrán solicitar su inscripción a partir del momento en que la autoridad laboral competente haya creado el correspondiente Registro. A los efectos de Ceuta y Melilla las empresas podrán solicitar su inscripción a partir del 23 de mayo de 2008.

Modificado el Reglamento del IRPF en materia de pagos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

En el BOE del día 24 de mayo se publica el Real Decreto 861/2008, de 23 de mayo, por el que se modifica el Reglamento del IRPF en materia de pagos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

Actualizados los márgenes de beneficio de las oficinas de farmacia y de la distribución

El Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, establece los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano (BOE del 30).