Novedades legislativas junio 2009

Reconocimiento del derecho a asistencia sanitaria de los españoles de origen residentes en Estados Unidos y en Suiza

La Resolución de 6 de abril de 2009, conjunta de la Dirección General de Emigración y del Instituto Nacional de la Seguridad Social (BOE de 4 de mayo), modifica la Resolución de 25 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior que se desplacen temporalmente al territorio nacional, introduciendo excepciones a la obligación de presentar el certificado emitido por la institución de Seguridad Social competente en el país de procedencia, acreditativo de que no procede la exportación del derecho a la prestación de asistencia sanitaria, cuando se trate del reconocimiento del derecho a esta prestación de asistencia sanitaria para los españoles de origen procedentes de Estados Unidos y Suiza. Así, quedan exceptuados de la regla general de presentación del certificado referido:

  • Los españoles de origen residentes en Estados Unidos que retornen a España y los pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en ese país que se desplacen temporalmente a España, y
  • Los españoles de origen residentes en Suiza que retornen a España, siempre que acrediten que no tienen la condición de pensionistas de la Seguridad Social suiza. Si, por el contrario, se tratara de pensionistas, deberán acreditar dicha condición, así como la cuantía de su pensión, en documento emitido por el órgano que haya reconocido dicha pensión.

Actualización de Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento de Explosivos

La Orden PRE/1263/2009, de 21 de mayo (BOE del 22), sustituye las Instrucciones técnicas complementarias números 2 sobre «Normas para el control de la tenencia de explosivos» y 15 «Etiquetas de identificación de envases y embalaje», del Reglamento de Explosivos aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, debiendo adaptarse todas las personas físicas o jurídicas en posesión de licencia o autorización para la fabricación, almacenamiento, transferencia o importación y comercialización de explosivos a las nuevas condiciones establecidas antes del 5 de abril de 2012. Hasta dicha fecha, se podrán aplicar las normas de recogida de la información relativa a la identificación de explosivos y podrán ser comercializados los explosivos identificados con arreglo a las ITC 2 y 15 que van a ser sustituidas y actualizadas.

Determinadas las reglas de atribución de competencia territorial de las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social

A través del Real Decreto 900/2009, de 22 de mayo (BOE del 30), se modifica el artículo 15 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del INSS y de modificación parcial de las correspondientes a la TGSS, con el objetivo de definir la competencia territorial de las Direcciones Provinciales del INSS en distintos supuestos.