Novedades legislativas mayo 2010

Modificación de tipo de cotización en norma sobre sustancias químicas

La Ley 8/2010, de 31 de marzo (BOE de 1 de abril), sobre establecimiento del régimen jurídico sancionador previsto en los reglamentos comunitarios relativos al registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas, y sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, contempla en su disposición final primera una modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 relativa a la cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, establecido en el Régimen Especial de Autónomos. Así, respecto de las contingencias de cobertura obligatoria, y cuando el trabajador hubiera optado por una base de cotización superior a la mínima (841,80 euros mensuales), se modifica el tipo de cotización aplicable a la cuantía que exceda de la mínima referida que pasa del 28,30 por 100 al 26,50 por 100.

Incentivos por reducción de la siniestralidad laboral

El Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo1 (BOE de 1 de abril), establece un sistema de incentivos consistente en reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los riesgos profesionales.

La norma establece los requisitos que deben reunir las empresas beneficiarias y que habrán de acreditarse en un periodo de observación, o referencia, de cuatro ejercicios (como máximo) consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud, requisitos entre los que se encuentra haber cotizado a la Seguridad Social durante ese periodo con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros –250 euros si se trata de pequeñas empresas–.

Las empresas que reúnan los requisitos y deseen optar al incentivo deberán presentar su solicitud en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales desde el día 1 de abril al 15 de mayo de cada año.

La cuantía de los incentivos podrá alcanzar hasta el 5 por 100 del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación antes mencionado, o bien hasta el 10 por 100 si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo. Si se trata de pequeñas empresas beneficiarias el incentivo no podrá superar el importe de lo cotizado por contingencias profesionales y tendrá como límite máximo 250 euros para el primer periodo de observación, que se elevará a 500 en el segundo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido el incentivo.

La financiación de este sistema correrá a cargo del Fondo de Prevención y Rehabilitación constituido con el 80 por 100 del exceso de excedentes de la gestión de las mutuas.

En el presente año tendrá lugar el reconocimiento y abono de los incentivos correspondientes al ejercicio 2009, siendo de aplicación los plazos y condiciones establecidas en el real decreto, fijándose como fecha inicial del periodo de observación el 1 de enero de 2009, y encomendándose a un posterior desarrollo por orden ministerial la fijación de los valores límite de los índices de siniestralidad a tener en cuenta para el cálculo del incentivo aplicable y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el periodo de observación.

Condiciones laborales para los controladores aéreos

En la Ley 9/2010, de 14 de abril2, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo (BOE del 15), deroga el Real Decreto-Ley 1/2010, de 5 de febrero, presentado en el número 139 (marzo 2010) de esta misma Revista al que remitimos, destacándose ahora el contenido de las disposiciones adicionales cuarta, sobre límites al desempeño de funciones operativas, situación de reserva activa y jubilación y, sexta, donde se emplaza al Gobierno a aprobar en el plazo de tres meses un proyecto de ley en el que mediante la modificación de la Ley de Seguridad Aérea se regule el Programa Estatal de Seguridad Ocupacional que incorpore al ordenamiento jurídico un enfoque preventivo de la seguridad operacional y la doctrina de la «cultura justa de seguridad».

Control y verificación de los importes compensados por pago delegado de la prestación de incapacidad temporal

 La Resolución de 13 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (BOE del 22), en vigor a los 30 días de su publicación, establece los procedimientos a aplicar por las entidades gestoras de la Seguridad Social y las mutuas para el control y verificación de la correcta liquidación de los importes compensados por las empresas en los documentos de cotización en concepto de pago delegado de la prestación de IT y, en su caso, su reclamación.

Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales

El Real Decreto 486/2010, de 23 de abril (BOE del 24), sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales, transpone al Derecho español el contenido de la Directiva 2006/25/CE, de 5 de abril de 2006.

 

1 Un análisis de los contenidos de esta norma puede verse en el estudio titulado «Incidencia de la liberalización de los mercados de servicios en la legislación laboral: la "Ley Ómnibus", de 22 de diciembre de 2009, y el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo de 2010», de doña Isabel María Villar Cañada, reproducido en RTSS. CEF, núm. 326 (mayo 2010)

2 Un análisis del contenido de esta norma en el estudio titulado «Ley, orden y conflicto laboral: ¿Puede "meterse en vereda" a los controladores aéreos por imperativo legal? Comentario de la Ley 9/2010, de 14 de abril» de don Cristóbal Molina Navarrete, que se publicará en RTSS. CEF, núm. 327 (junio 2010).