La nueva regulación normativa de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social

Las mutuas de accidentes de trabajo iniciaron su andadura en el año 1900 al amparo de la Ley Dato sobre accidentes de trabajo. Desde entonces el protagonismo de las mismas ha sido variable. Ya en el año 1963 con la publificación del sistema de Seguridad Social se abrió el debate de su eventual desaparición, abandonando definitivamente el sector las compañías privadas de seguros a las que se achacaba el carácter antisocial de su intervención. A partir de esta fecha el protagonismo de estas entidades, centrado inicialmente en la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se ha ido engrosando de forma significativa abarcando cada vez más prestaciones. Entre ellas cabe citar la realización de actividades de prevención de riesgos laborales y la gestión de varias prestaciones (prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria en contingencias profesionales; prestación económica por incapacidad temporal en contingencias comunes; prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia; la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave; la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos y la gestión de determinados aspectos de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes). La nueva Ley de Mutuas 35/2014, en vigor desde el 1 de enero de 2015, ha venido a configurar un nuevo modelo en el que las mutuas pasan a denominarse colaboradoras de la Seguridad Social, se define el nuevo marco de actuación de las mismas en el sistema y se amplia significativamente su papel en la gestión de la incapacidad temporal de carácter común.

Palabras claves: mutua de accidentes de trabajo, incapacidad temporal y Seguridad Social.

José Sánchez Pérez
Profesor Contratado Doctor (Acreditado) de Universidad.
Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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RTSS. CEF. NÚM. 386 (mayo 2015)

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SUMARIO

1. La evolución de las mutuas
2. El papel cambiante de las mutuas de accidentes de trabajo en el sistema de Seguridad Social
3. La nueva regulación normativa que se desprende de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre: Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social

3.1. Modificaciones del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
3.2. Las nuevas funciones de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
3.3. La ampliación de facultades en la gestión de la incapacidad temporal