«Obligaciones sociolaborales» de «buena gobernanza societaria» en las grandes empresas: ¿promover o (solo) normalizar políticas de transparencia y diversidad?

El Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, tiene como objeto adaptar la Directiva 2014/95/UE, de 22 de octubre, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE, en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos, al ordenamiento jurídico español. Esta directiva establece la necesidad de aumentar la transparencia de la información social y medioambiental (políticas de responsabilidad social corporativa) facilitada por las empresas de todos los sectores. La norma comunitaria deja la posibilidad de que los Estados miembros exijan mejoras en la transparencia de la información no financiera de las empresas, concibiendo estas políticas como un esfuerzo continuo de mejora social y laboral de la gobernanza corporativa. Sin embargo, el Estado español ha elegido una opción reguladora restrictiva que pone en duda no solo el contenido de las nuevas obligaciones de trasparencia y diversidad sociales y laborales, sino también la eficacia jurídica y práctica. Por lo tanto, deviene mero «derecho débil» o «líquido», esto es, escasamente vinculante (Soft Law).

Palabras claves: sistemas de prácticas de recursos humanos de alto rendimiento; capital intelectual; calidad total en la gestión; resultado empresarial.

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén

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RTSS. CEF. NÚM. 418 (enero 2017)

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