Parejas homosexuales y pensión de viudedad: ¿Supuestos semejantes, soluciones diferentes? (Con ocasión de las SSTC de 10 y 12 de junio de junio de 2014)

El Tribunal Constitucional en sentencia de fecha de 10 de junio de 2014 ha desestimado la cuestión «interna» de inconstitucionalidad n.º 693/2013 (planteada por el Pleno del propio Tribunal contra el artículo 174.1 de la LGSS, en la redacción dada por el artículo 32.1 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social) por posible vulneración del segundo inciso del artículo 14 de la CE. Dos días después –el 12 de junio de 2014– se dicta otra sentencia mediante la que se desestima el recurso de amparo n.º 6704/2004, sobre denegación de la pensión de viudedad a una persona que mantenía con el causante de la misma una relación de pareja de hecho de orientación homosexual, cuyo fallecimiento se produjo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho para contraer matrimonio (que posibilita el matrimonio entre personas del mismo sexo).

El comentario a ambas sentencias, aún no publicadas en el BOE, a cargo de don José Antonio PANIZO ROBLES puede consultarse en abierto pulsando aquí.