El Pleno rechaza la enmienda de totalidad a la Proposición de Ley sobre ingresos mínimos

La Proposición de Ley sobre el establecimiento de una prestación de ingresos mínimos en el ámbito de protección de la Seguridad Social continúa su tramitación parlamentaria después de que el Pleno rechazase la enmienda de totalidad con texto alternativo presentada por el Grupo Popular.

La proposición de ley, que superó el debate de toma de consideración el 2 de febrero, es una iniciativa legislativa popular promovida por los secretarios generales de CCOO, Ignacio Fernández Toxo; y de UGT, Javier Álvarez Suárez, con el objetivo de crear de una nueva prestación que amplíe la acción protectora de la Seguridad Social destinada a garantizar unos ingresos adecuados a las personas, que con disponibilidad para trabajar, carecen de empleo y unos recursos económicos mínimos.

La alternativa presentada por e Grupo Popular como enmienda a la totalidad pretendía sustituir la propuesta inicial por una iniciativa legislativa que plantea la creación de un grupo de expertos para el estudio y la clarificación del mapa de prestaciones existentes en España. Esta institución delimitaría las competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en la creación, gestión y pago de prestaciones y ayudas destinadas a proteger situaciones de necesidad tanto en materia de Seguridad Social como asistencia social.

El grupo de trabajo estaría formado por un presidente designado por la Ministra de Empleo, tres representantes de la Secretaría de Estado de Empleo, tres representantes de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social, un representante de la Secretaria de Estado Servicios Sociales e Igualdad, el subsecretario de Empleo y Seguridad Social, tres representantes de las comunidades autónomas, dos representantes de organizaciones sindicalesy dos representantes de organizaciones empresariales.

El Grupo Parlamentario Popular justificaba esta iniciativa por la necesidad de mejorar el diseño de las políticas sociales orientadas a las personas vulnerables y lograr una sistematización y codificación que sea respetuosa con la distribución de competencias. 

La prestación de Ingresos Mínimos sigue adelante

Al rechazarse el texto del Grupo Popular, la proposición de ley para determinar la prestación de ingresos mínimos continúa su debate en ponencia y en la Comisión de Empleo y Seguridad Social, donde se analizarán y votarán las enmiendas al articulado que presenten los grupos parlamentarios y se aprobará, con competencia legislativa plena, el dictamen para remitirlo al Senado. 

La denominada Prestación de Ingresos Mínimos en el ámbito de Protección de la Seguridad Social, supondría la incorporación al ordenamiento jurídico mediante la modificación del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, con la adición de un nuevo capítulo X en su título II. 

La propuesta indica que "serán beneficiarios de esta Prestación no contributiva de Ingresos Mínimos las personas que sean mayores de dieciocho años y menores de sesenta y cinco, residan legalmente en territorio español y lo hayan hecho de forma ininterrumpida en los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de la prestación, salvo que sean víctimas de trata de seres humanos o víctimas de violencia de género, no puedan acceder a prestaciones o ayudas dirigidas a las personas desempleadas, carezcan de recursos económicos y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en los términos indicados en la ley".

Respecto al requisito de carencia de rentas, el umbral se sitúa en el 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento, con exclusión de las pagas extraordinarias, en cómputo anual. En el supuesto de unidades familiares, la renta per cápita de la misma no debe superar la misma cuantía. 

En todo caso, se excluyen del cómputo determinadas rentas o ingresos como las prestaciones familiares en su modalidad no contributiva, las prestaciones derivadas de la atención a personas en situación de dependencia, las ayudas o prestaciones a favor de la infancia, entre otras.

La propuesta tiene como objetivo principal el establecimiento y regulación de un derecho subjetivo a una nueva prestación económica del sistema de la Seguridad Social dentro del nivel no contributivo, como desarrollo del principio rector consagrado en el artículo 41 de la Constitución Española según el cual los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo.

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS,-NOTA DE PRENSA

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