Promoción de la salud, sí, pero no vinculada al salario por decisión unilateral de la empresa

Comentario a la Sentencia de la Audiencia Nacional 55/2017, de 21 de abril

Margarita Miñarro Yanini
Profesora Titular.
Universidad Jaume I (Castellón)

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RTSS. CEF. NÚM. 413-414 (agosto-septiembre 2017)

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SUMARIO

1. Marco normativo: El deber de prevención de riesgos laborales y la mejora voluntaria de la promoción de la salud
2. Breve síntesis del supuesto de hecho
3. Claves de la posición judicial
4. Trascendencia de la doctrina establecida y probabilidad de consolidación ad futurum