Reordenado el procedimiento recaudatorio de la Seguridad Social

Reordenado el procedimiento recaudatorio de la Seguridad Social

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 11 de noviembre, un Real Decreto por el que se reordenan diversas modificaciones normativas que afectan al Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Además, el texto aprobado adapta el Reglamento a nuevas necesidades derivadas de la gestión recaudatoria y de la experiencia de gestión y aplicación de la norma vigente.

Las modificaciones reguladas por el Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros hacen referencia a diversos aspectos relativos al procedimiento de recaudación, entre los que cabe destacar la adecuada comunicación de actos administrativos a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) o por el tablón virtual de anuncios y edictos de la Seguridad Social, puesto en marcha desde principios del presente año y que supone ahorro de costes al eliminar el papel en las notificaciones.

Por otro lado, en el texto aprobado se establece la flexibilidad en el procedimiento relacionado con la enajenación de bienes embargados. Cuando las empresas están sometidas a concurso de acreedores, la subasta se perfila como sistema habitual de adjudicación. A partir de ahora, la venta por concurso o directa será una alternativa que permitirá a la Tesorería General de la Seguridad Social devolver los bienes embargados a la actividad económica cuanto antes, si fueran susceptibles de colaborar en la creación de empleo, y evitar el depósito por tiempo indefinido de bienes en los almacenes de la Seguridad Social.

Además, el nuevo Real Decreto reordena supuestos específicos y previsiones relativos a reintegros, pagos e ingresos o colaboración voluntaria en la gestión de las entidades financieras.