La Seguridad Social al inicio de 2011

(Comentarios a la Ley 39/2010, de Presupuestos Generales del Estado para 2011 y otras disposiciones legales de reciente promulgación)

La Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, siguiendo el precedente de ejercicios anteriores incorpora toda una serie de disposiciones que afectan a la Seguridad Social, en una regulación que va más allá de las autorizaciones de gastos para dicho ejercicio o de las correspondientes previsiones de ingresos, ya que recoge modificaciones que inciden en distintos ámbitos del ordenamiento de la Seguridad Social.

De este modo, a través de la Ley 39/2010 resultan modificados determinados aspectos de la regulación de la recaudación ejecutiva de la Seguridad Social; se mejora la protección social, mediante el establecimiento de una nueva prestación de la Seguridad Social que tiene como finalidad propiciar el cuidado de los menores afectados por enfermedades graves que precisan de hospitalizaciones o de cuidados permanentes, al tiempo que se incorpora, en el ámbito de cobertura de las personas que realizan su actividad en el marco del hogar familiar, la protección por riesgos profesionales, terminando de esta forma con una diferenciación difícilmente justificable; se adecua la protección de viudedad en el Régimen de Clases Pasivas del Estado a la regulación contenida en el Régimen General y se establecen limitaciones en dicho Régimen para acceder anticipadamente a la jubilación. Asimismo, se introducen determinadas modificaciones que afectan a la gestión del sistema, tanto en su vertiente pública (especialmente en el ámbito de los Regímenes Especiales de Funcionarios) como, sobre todo, en la gestión llevada a cabo por las Mutuas, que afectan tanto al ámbito de personal como a los gastos corrientes, o a los resultados económicos de la gestión.

Por último, en el último cuatrimestre del ejercicio 2010 se han aprobado dos disposiciones legales que inciden en el ámbito de la Seguridad Social. De una parte, la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo, que contiene mejoras de la protección como es el caso de la correspondiente al desempleo, en el caso de los contratos para la formación, o nuevos esquemas de gestión en lo que respecta a la incapacidad temporal. A su vez, mediante el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, se ha regulado una medida de alcance en relación con la estructura del sistema de la Seguridad Social, como es la incorporación, con efectos del 1 de enero de 2011, de la totalidad de los funcionarios de nuevo ingreso en el Régimen General.

 

José Antonio Panizo Robles
Administrador Civil del Estado.
Miembro del Instituto Europeo de Seguridad Social

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RTSS. CEF. NÚM. 335 (febrero 2011)

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