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ERE suspension y contratación de un trabajador para sustituir a los trabajadores suspendidos

En una empresa se efectúa un ERE de suspensión, con acuerdo entre las partes, e informe favorable de la Inspección (por causas economicas y productivas). Se inicia la suspensión de los trabajadores con normalidad, y transcurridos meses después de dicho inicio (y por supuesto los 20 días para su impugnación judicial) la empresa realiza sucesivos contratos de trabajo con un nuevo empleado para realizar precisamente los trabajos que corresponden a los trabajadores afectados por la suspensión.

¿Cual sería la vía para exigir los derechos de los trabajadores, si parece no existir infracción administrativa? ¿La presentación de conflicto colectivo por el incumplimiento del acuerdo del ERE?

Gracias.

REAL DECRETO 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, no señala impedimentos para que el empresario pueda contratar con otros trabajadores durante la suspensión, si la contrtación es para realizar actividades distintas de las actividades desarrolladas por los trabajadores suspendidos, o estos trabajadores aporte al trabajo nuevos conocimientos. Aunque es muy raro que alegando estas causas (ecónómicas y productivas) contrate a otros trabajadores.

Por tanto si los trabajadores afectados por la suspensión consideran que el ERE es fraudulento podrán acudir a la Autoridad Laboral para que lo califique.