Programa de autocálculo de pensión de jubilación

Programa de autocálculo de pensión de jubilación

Con este servicio, el usuario podrá descargar gratuitamente en su ordenador personal un programa informático desarrollado para efectuar un cálculo aproximado de la cuantía de su futura pensión de jubilación.

El programa está desarrollado en base a la normativa vigente a 1 de enero de 2012, y calcula estimaciones de jubilación con hechos causantes anteriores al año 2013 y  también efectúa cálculos estimativos de jubilación a partir de 1 de enero de 2013 siempre:

  • Que la relación laboral se haya extinguido antes del 2 de agosto de 2011.
  • Que la relación laboral esté suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito y/o acuerdos colectivos de empresa, así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales aprobados o suscritos con anterioridad al 2 de agosto de 2011, con independencia de que la extinción de la relación laboral se haya producido con anterioridad o posterioridad al 1 de enero de 2013.
  • Que haya accedido a la pensión de jubilación  parcial con anterioridad al 2 de agosto de 2011, así como las personas incorporadas antes del 2 de agosto de 2011 a planes de jubilación parcial, recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresas, con independencia de que el acceso a la jubilación parcial se haya producido con anterioridad o posterioridad al 1 de enero de 2013.

No obstante se está desarrollando el programa para permitir efectuar cálculos de jubilación en los supuestos anteriormente no contemplados.

Se trata de un programa de fácil manejo en el que el interesado habrá de introducir los datos referentes a apellidos y nombre; fecha de nacimiento; fecha previsible de jubilación; períodos laborales así como las bases de cotización de los 15 años anteriores a la fecha de jubilación.

Conforme a los datos introducidos por el usuario, el programa determinará el régimen de seguridad social competente para el reconocimiento de la pensión; el período mínimo de cotización exigido y el período de cotización acreditado; el porcentaje aplicable en función de la edad y de los años de cotización así como la base reguladora de la pensión previa actualización de las bases introducidas por el interesado.

El programa actualiza automáticamente las bases de cotización conforme a la normativa vigente, a cuyo efecto incorpora los correspondientes índices de actualización (IPC) hasta el mes de diciembre de 2011, por lo que proporciona cálculos reales para supuestos de jubilación hasta 28 de febrero de 2014.

No obstante, para permitir al usuario estimar una teórica jubilación a tres o más años vista, el programa aplicará unos IPC,s teóricos, calculados por extensión del promedio de los últimos 12 meses conocidos.

Fuentes de información

El programa de autocálculo de pensión de jubilación opera exclusivamente con los datos que introduzca el usuario, por lo que en ningún caso el resultado que se obtenga podrá generar derechos ni obligaciones en materia de seguridad social.

Como se señalaba anteriormente, el cálculo de la pensión de jubilación exige al usuario introducir los períodos de alta y cotización a la seguridad social así como las bases de cotización de los últimos quince años.

Cómo se obtiene dicha información

A) Informe de vida laboral:

  • Telefónicamente:

    Puede obtener su informe de vida laboral llamando al número 901-50-20-50, marcando la opción 1.
    Si su domicilio coincide con el que figura en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, se le enviará el informe de vida laboral por correo ordinario.
    Si, por el contrario, su domicilio no está actualizado, se le enviará a su nueva dirección un formulario de actualización de datos que deberá cumplimentar y remitir sin coste alguno, acompañando fotocopia del documento acreditativo. Una vez actualizado, se le remitirá el informe de vida laboral a la nueva dirección.

  • A través de INTERNET:

    Desde esta misma página web, seleccionando "Ciudadanos - Servicios sin certificado digital" y posteriormente "Informe de vida laboral".

  • Mailing anual:

    Anualmente, la Tesorería General de la Seguridad Social remite a cada afiliado, por correo ordinario, a su domicilio, su informe de vida laboral, con las distintas situaciones de alta y baja.

B) Informe de Bases de Cotización:

  • Telefónicamente:

    Puede obtener su informe de bases de cotización llamando al número 901-50-20-50, marcando la opción indicada como "Información general".

  • A través de INTERNET:

    Desde esta misma página web,  seleccionando "Ciudadanos - Servicios sin certificado digital" y posteriormente "Informe de bases de cotización".

  • Bases máximas y bases mínimas:

    Si usted ha cotizado durante los últimos quince años por base máxima o base mínima, no necesita información adicional sobre bases de cotización porque el programa incorpora dichas bases automáticamente.

  • Mailing anual:

    Anualmente, la Tesorería General de la Seguridad Social remite a cada afiliado, por correo ordinario, a su domicilio, su informe de bases de cotización.

Instrucciones de descarga e instalación del programa.

SEGURIDAD SOCIAL.