¿La buena fe negociadora en los despidos colectivos puede legitimar el uso de las «cajas B» de las empresas?
Enviado por Editorial el Mié, 30/04/2014 - 10:02
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2014, rec. núm. 42/2013.
Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático. Universidad de Jaén
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RTSS. CEF. NÚM. 374 (mayo 2014)
SUMARIO
1. El marco legal: ¿la voluntad del legislador versus plan de la ley?
2. El caso: síntesis del supuesto de hecho
3. Doctrina sentada: el deber de informar de la contabilidad real de la empresa
4. La trascendencia práctica de la sentencia: previsibilidad e impacto social