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novación automática

En mi contrato de trabajo (por obra o servicio) tengo la siguiente cláusula que no entiendo muy bien:

El trabajador/a acepta la novación automática del presente contrato en el supuesto de producirse modificaciones de jornada, horario y cualesquiera otras que afecten a la prestación del servicio contratado bien por causas organizativas o por decisión del Cliente.

A mi parece esto como que pueden cambiar mi jornada laboral unilateralmente en contrario del artículo 12 del ET (... La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral...)

Mi pregunta es si es esto lo que quiere decir este cláusula y, en el caso que si, si esto es legal.

Muchas Gracias,
Aart

El empresario puede realizar novaciones en el contrato de trabajo de forma indicivuidal mediante las modificaciones sustanciales del artículo 41 del ET, siempre que cumpla con unos formalismos de requisitos y comunicaciones.

En reciente sentencia del Tribunal Supremo, establece la posibilidad de imposición unilateral de jornada reducida sin que ello determine la mutación del contrato a tiempo completo en otro a tiempo parcial. Ahora bien, para calificar una relación como contrato a tiempo parcial, es preciso que sea voluntariamente aceptada por el trabajador. El contrato a tiempo parcial constituye una verdadera modalidad contractual y no cabe identificarlo como un simple supuesto de reducción de jornada -contrato de trabajo a tiempo completo con jornada reducida-. Por ello en los supuestos de conversión no estamos en presencia de una novación modificativa sino ante una novación extintiva de la preexistente y su sustitución por la nueva.

A mi opinión esta diferencia se basa en el carácter temporal del artículo 41, puesto que se realiza la modificación por unas causas que se presumen que son temporales (causas organizativas, técnicas, económicas o de producción), una vez superada estas circunstancias se debe de volver a la situación anterior.

Gracias por su respuesta, me he aclarado mucho