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contrato indef.emprendedores si hay un solo despido improcedente: ya no se puede utilizar esta modalidad?

Interpreto que si mi empresa despide disciplinariamente-improcedentemente a un trabajador ( afortunadamente hay un periodo de prueba de un año que da cierto margen) ya no podre volver a utilizar esta modalidad nunca mas! Ello supone que en su codigo genetico tiene un mensaje implicito que dice, se autodestruira tras un primer conflicto laboral!

Simplemente queria saber si compartis mi opinion.

fuente: www.sepe.es
Obligaciones de la empresa
• Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral y deberá mantenerse el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores durante, al menos, un año desde la celebración del contrato. En caso de incumplimiento de estas obligaciones se procederá al reintegro de los incentivos.
• No se considera incumplimiento cuando el contrato se extinga por causas objetivas o despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador o por la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.
Exclusiones
• No podrá concertar este contrato la empresa que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato hubiera adoptado decisiones extintivas improcedente de contratos de trabajo. La limitación afectará a las extinciones producidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/2012.

Pues estás en lo cierto, la empresa se compromete a mantener a este trabajador durante este período, si despidiese no tendría derecho a volver a realizarlo, y tendrá que devolver todo lo percibido.