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DESPIDO OBJETIVO - POSIBILIDAD DE DEMANDAR A LA EMPRESA

Hola,

Ayer me entregaron la carta de despido objetivo por causas económicas. En la misma se indicaba que ponían a mi disposición la indemnización que me corresponde mediante transferencia bancaria. El contable me indicó que se disponía a hacer la transferencia en ese momento, así que no me ha llegado hasta esta mañana. Además, sólo me pagan el 60% de la indemnización y dicen que tengo que ir yo mismo a fogasa a reclamar el otro 40%. Decir que la empresa es pequeña, ahora sólo quedan 8 trabajadores. Por otro lado, hace unos meses me redujeron un 5% el salario por el mismo motivo, y ahora la indemnización me la han calculado teniendo en cuenta el salario reducido.
Como estaba nervioso, firmé toda la documentación, pero ahora se me plantean varias dudas y no sé si debería o podría poner una demanda a la empresa:
- ¿ podría declararse improcedente el despido por no poner a mi disposición la cuantía indemnizatoria junto con la carta de despido? A mi entender, la empresa ya sabe que si hace la transferencia el mismo día del despido a las 5 de la tarde no me llegará en plazo, con lo cual veo intención de no pagarme dentro del plazo legal establecido.
- ¿ debería de haberme pagado el 100% de la indemnización y reclamar ellos a fogasa?
- ¿ aunque haya firmado el despido, si hay motivo de demanda, puedo demandar?
- ¿puedo ir sin un abogado al SMAC para intentar llegar a un acuerdo con ellos?

Comentar que en la carta de despido hay un error y pone que la fecha de efectos del despido es el 05 de septiembre de 2012, aunque en el encabezado de la carta y el finiquito es de fecha 18 de octubre.
También me han pagado menos vacaciones de las que me corresponden.
Gracias.

la transferencia bancaria es un medio válido para abonar la indemnización. por otra lado cuando firmas das la conformidad a lo que esté escrito en la carta.
por otro lado el cálculo de la indemnización se realiza sobre el salario que se perciba en ese momento.