Economía colaborativa y crisis del derecho del trabajo

La economía colaborativa surge en un contexto propicio de crisis y de derroche. Nos ha llevado a despertar de una pesadilla en un mundo cada vez menos sostenible y nace de una propuesta para cubrir de forma racional necesidades innatas desde un punto de vista individual y colectivo. Se ha pasado desde un viejo modelo de trueque a una versión evolucionada en la que las plataformas digitales han creado una fórmula expansiva del fenómeno sobre la base de la reputación digital. Las diferentes fórmulas del consumo colaborativo han llegado para quedarse. Sin embargo, las grandes plataformas creadas aprovechando el «viento a favor» no se adaptan con facilidad a los clásicos derechos consolidados en el ámbito laboral. Toca, pues, adoptar las medidas necesarias para acomodar los derechos de los trabajadores a las nuevas fórmulas de la economía colaborativa.

Palabras clave: economía colaborativa; plataformas digitales; trabajador por cuenta ajena; trabajador autónomo; consumidores.

José Sánchez Pérez
Profesor contratado doctor (acreditado) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Granada

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RTSS. CEF. NÚM. 430 (enero 2019)

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