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Las mutuas en la proteccion de los empleados de hogar

Buenos dias!!
Con la equiparación de los empleados de hogar al Régimen General, podemos entender que las contingencias comunes se pueden cubrir con la Mutua, o solo puede ser el INSS?
Muchas gracias de antemano

Las contingencias comunes será con la Entidad Gestora ( INSS) y podrá elegir las contingencias profesionales o con la mutua o con el INSS, lo normal es indicar las dos contingencias en el INSS.

Recientemente he leído un artículo en una revista del CEF, en el que decía que las prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes se pagará a partir del 9º día por el INSS o por la Mutua