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Obligaciones de llamamiento a fijo-discontinuo.

Buenas tardes, trataré de exponer mi caso de la forma mas clara y breve posible de tal forma que alguien puede aclararme cual es mi situación y cuales son mis opciones.

Tengo un contrato de fijo-discontinuo, desde 2010, este año incluso. En dicho tiempo he trabajado una media de 4 meses y medio, por temporada. De finales de mayo hasta finales de septiembre.
-Mi contrato esta dentro del convenio de hostelería,
-Mi cargo fue de ayudante de servicios técnicos nivel IV, pero el año pasado pedí el cambio categoría, y me cambiaron a taquillero.

Mis dudas son las siguientes.
-Que tengo que hacer cuando pase la fecha de llamamiento no me manden dicha carta de llamamiento?
Se que tienen 30 días a partir de la fecha habitual para llamarme, pero han contratado a otro empleado, el cual se que no es fijo-discontinuo, el cual también solo trabajo 3 meses la temporada pasaba por primera vez con la empresa...
Este trabajador esta haciendo las funciones que yo hago, lo que pasa es que no se que tipo de categoría tiene en el contrato.
-En caso de tener una categoría de ayudante de servicios técnicos inferior o igual a nivel IV, o categoría de taquillero, o alguna otra categoría de contrato que yo ya haya tenido en dicha empresa, yo tengo preferencia sobre él al ser fijo discontinuo, y esos 30 días que ellos tienen para llamarme a partir de la fecha habitual se quedan sin justificación al haber contratado alguien con mi categoría y que desempeñe mis funciones no..?

El 27 ya es la fecha la cual me tendrían que llamar, según los últimos 4 años, y mi encargado me comentó la semana pasada que ya me llamarían pronto, pero al no tener buena relación y no ser el jefe lo que el diga no me importa para nada.
El otro chico empezó trabajar en abril durante una semana, lo cual no tiene mucha importancia, pero actualmente ya hace dos semanas que empezó a trabajar, del 10 de mayo mas o menos, y la empresa no se puso en contacto con migo ni nada, he estado esperando ya que ahora he tenido exámenes y me venia bien no trabajar, pero ahora ya Lunes es 27, la fecha que me tocaría iniciar, y creo que les he perdonado 2 semanas a la empresa, pero mas no estoy dispuesto a perder mas días de trabajo...

Por lo tanto como debería actuar en caso de no recibir la carta de llamamiento antes de 27 de mayo, y cuanto tiempo tengo para reclamar a la empresa que no ha ejercido su obligación de llamarme para iniciar la actividad laboral cada año, y haber contratado otra persona para mi función y no siendo esta mas antigua que yo en la empresa..?

Espero que haya quedado claro mi situación y agradecería a todo aquel que me pudiera dar algún consejo de como actuar.
Muchas gracias y un saludo.

Buenos dias.

El llamamiento se realizará a partir de una lista del orden de llamamiento, por tanto tú tendrías preferencia en el llamamiento a trabajar sobre otros que estén en esa lista más atrás, o en el caso de contratación de terceros que realicen tus mismas funciones.

Mi consejo es que te pongas en contacto con la empresa para preguntar cuando empezarías a trabajar, y que te contesten por escrito, pues puede ocurrir que en la lista estéis apuntados 5 personas, y ese año la empresa por cuestiones diversas (económicas, organizativas,...) sólo contrate sólo a 4 y tú seas el 5º, en este caso la empresa debe comunicarte que tu derecho a trabajar se posterga para el próximo año.

Si la empresa no te contestase, o lo hiciese negandote la reincorporación y contrate a otro que esté en la lista en puestos más atrás o a tercero, deberás accionar para hacer valer tu derecho a la reincorporación, e incluso podemos accionarlo como despido tácito.