Gran consenso en torno al Sistema de Liquidación Directa

Gran consenso en torno al Sistema de Liquidación Directa

El nuevo sistema de cotización directa cuenta con el respaldo de la práctica totalidad del arco parlamentario. Con el nuevo procedimiento, la Seguridad Social facturará directamente a los empresarios las cotizaciones sociales, en lugar de ser la empresa quien comunique su liquidación. Todo el procedimiento se hará por vía telemática.

El nuevo sistema de facturación aporta seguridad jurídica, además de facilitar y simplificar la cotización para las empresas. Se empezará a implantar en empresas del régimen general, pero se va a extender, progresivamente, al régimen de artistas, al sistema especial agrario y al régimen especial del mar.

¿A quién afecta?

A las empresas y empresarios, que son los obligados por ley a pagar las cotizaciones sociales suyas y las de sus trabajadores (a los que retienen después esa cantidad al hacerles efectiva la nómina).

¿Cómo se gestiona el nuevo sistema de liquidación directa?

El Sistema de Liquidación Directa se gestiona a través del actual Sistema RED, un medio telemático de transmisión de datos, ya consolidado entre empresas y profesionales en sus relaciones con la Seguridad Social.

¿Qué cambia respecto al anterior sistema?

Hasta ahora, la empresa transmitía la liquidación de sus cotizaciones a través del sistema RED y las pagaba. La Seguridad Social sólo podía reclamar a posteriori si detectaba algún error o irregularidad.

A partir de ahora, la TGSS realizará un cálculo individualizado de la cotización correspondiente a cada trabajador, elaborado en función de la información que ya obra en su poder y de la que le facilite los empresarios a quienes remitirá este cálculo para su liquidación.

¿Qué ventajas aporta?

- Facilita y simplifica la cotización a la Seguridad Social.
- Aumenta la seguridad de las empresas al ser la TGSS la que conoce y aplica las reglas de cotización de cada momento.
- Reducir costes para la Seguridad Social, optimizando sus recursos humanos y económicos
- Los trabajadores y los usuarios del sistema de liquidación directa disponen de nuevos servicios que proporcionan mayor detalle sobre la cotización.
- La TGSS presta su atención íntegramente por canales electrónicos.

¿Cómo se inicia el procedimiento?

El empresario debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores.

¿Cuándo facturará la TGSS?

La TGSS facturará de oficio los días 24 y 28 del plazo reglamentario de ingreso y diariamente a partir de este día y hasta el penúltimo día natural de dicho plazo. No obstante, la TGSS podrá facturar en cualquier momento anterior si así lo pide el empresario.

¿Con qué información se emite la factura?

La TGSS emite la factura en función de la información que conste en sus bases de datos, de la que obre en poder de otros organismos y de aquélla que deba aportar el empresario.

¿Qué tipo de información necesita enviar la empresa a la TGSS?

Sólo deberá comunicar la información no disponible en las bases de datos: bases de cotización, horas extras, etc.

¿Cómo se enterará el empresario del proceso de facturación antes de las fechas indicadas?

La TGSS emite un borrador previo de factura para su confirmación por parte de la empresa. Si falta información para realizar el cálculo comunicará los errores o carencias al empresario para que regularice la situación. El empresario podrá, con anterioridad a la solicitud del cálculo de la liquidación, consultar los datos de que dispone la TGSS a través del correspondiente servicio de consulta.

¿Cómo podrá ingresar el empresario la factura?

Está previsto que el empresario ingrese la factura de manera no presencial, a través de cargo en cuenta o pago electrónico. Además, desaparecen los boletines de cotización.

¿Qué buenas prácticas debe seguir el empresario para que el proceso de facturación sea exitoso?

- Comprobar la información de los trabajadores para que sea coherente con la información de que dispone la TGSS.
- Solicitar los primeros días del mes la factura con el objetivo de disponer de más tiempo para subsanar las posibles discrepancias que pudieran darse.
- Comunicar, en plazo, los datos nuevos o las variaciones de los que constan en la TGSS.

¿Podrán realizarse todos los trámites vía telemática?

La finalidad del sistema de liquidación directa es que todos los trámites se hagan por vía telemática evitando la personación física en Administraciones.

¿Podrán realizarse actuaciones desde dispositivos móviles (ipad, tablets, smartphones…)?

La Seguridad Social está trabajando en esta línea, no obstante probablemente serán cuestiones que se implementen en fases posteriores del proyecto.

¿Cómo se abordará la atención de las consultas e incidencias de los usuarios?

La TGSS ofrece un soporte adecuado en las oficinas de la Seguridad Social, presencialmente. También, se atienden incidencias vía telefónica a través del número 901 502 050 y del buzón de la página web de la Seguridad Social.

REVISTA ACTIVA.-SEGURIDAD SOCIAL