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interpretación de convenio sobre horas de trabajo

Buenos días, tengo contrato con reducción de jornada por guarda legal de un menor y no estoy de acuerdo con el porcentaje que se me aplica, mi convenio es el del comercio del sector del metal de Cádiz, donde dice que las horas son 1800 anuales, y en mi empresa hacen este cálculo para establecer mi jornada laboral:

365 días – 14 festivos – 30 días vacaciones – 48 domingos = 273 días de trabajo efectivo

26 horas que trabajas a la semana / 6 días (lunes a sábado) = 4, 33 horas/ día

4,33 x 273 días de trabajo efectivo = 1182, 09 horas /año

1182,09 horas anuales / 1800 que fija el convenio= 0.656 = 65,6%

Como veréis quitan también el mes de vacaciones pero yo considero que no es correcto, ya que las vacaciones son pagadas.

Me podéis decir quien está confundido, si mi empresa o yo? porque es la tercera consulta que hago al respecto, la dos anteriores en CCOO y UGT y las dos veces me dijeron que el mes de vacaciones no se descuenta para establecer la jornada laboral anual, pero en mi empresa insisten.

Esto es lo que pone en el convenio:

Durante toda la vigencia del convenio se fija una jornada laboral de 39 horas y media
semanal de trabajo efectivo, lo que equivale a una jornada efectiva en cómputo anual
de 1.800 horas.

Gracias por vuestra ayuda.

El convenio colectivo no incluye las vacaciones para el cómputo de las horas de trabajo, por tanto no tiene mucha lógica que la empresa las incluyese a la hora de calcular el cómputo anual de horas, sólo se tendrán en cuenta las horas de trabajo efectivo, y que las vacaciones sean retribuíodas no significa que tenga la consideración de trabajo efectivo.