Un jurado condena a un gestor municipal por altas ficticias a la Seguridad Social

Un jurado condena a un gestor municipal por altas ficticias a la Seguridad Social

Por primera vez un jurado ha dictado sentencia condenatoria contra un funcionario público en un proceso en el que la Seguridad Social ha intervenido como acusación particular.

La sentencia del 27 de enero de 2014 de la Audiencia Provincial de Sevilla constituye la primera de la que se tiene conocimiento que condena, conforme al veredicto del Jurado, al Gerente de una empresa municipal, con contrato laboral, como autor de los delitos de falsedad en documento oficial y malversación, por dar de alta ficticiamente a trabajadores en la Seguridad Social mediante la acreditación de peonadas falsas.

La resolución condena al autor responsable de sendos delitos de falsedad en documento oficial y malversación a cuatro años y seis meses de prisión.

En el ámbito de la Seguridad Social, actuando como acusación particular el Servicio Jurídico de la Seguridad Social en nombre y representación del INSS y TGSS, resulta ser la primera sentencia condenatoria del Tribunal del Jurado.

A pesar de que el gerente de la empresa municipal tenía un contrato laboral, a efectos penales se ha considerado al condenado como funcionario público. Esta consideración precisamente abrió las puertas a la participación del Jurado.

Esta institución, que permite a los ciudadanos intervenir en la Administración de Justicia, sólo participa en determinados procedimientos, aquellos que se pueden valorar por ciudadanos no profesionalizados en la función judicial. Entre otros, en los delitos cometidos por funcionarios públicos.

La sentencia declara probado que el gerente de la empresa municipal agrícola tenía capacidad para decidir sobre la contratación de personal eventual y realizar compras de no elevada cuantía de material.

Con el fin de obtener beneficio económico para él o para otros, y a costa del dinero de la empresa municipal, ordenó al personal a su cargo que incluyeran en el libro de matrícula, dieran de alta en Seguridad Social y confeccionaran nóminas de personas que en realidad no habían trabajado.

De este modo podían completar o aumentar las jornadas de trabajo agrícola necesarias para permitirles en su día acceder al subsidio de desempleo agrario.

REVISTA ACTIVA.-SEGURIDAD SOCIAL