Legislación

COVID-19. Los funcionarios de MUFACE, ISFAS y MUGEJU no necesitarán visado previo en las recetas de medicamentos

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Con efectos desde el 21 de marzo y hasta el final del estado de alarma, la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo (BOE de 21 de marzo), establece que en el ámbito de los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) no habrá obligación de estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos, según la legislación vigente, a reservas singulares consistentes en la imposición del visado previo a su dispensación por oficinas de farmacia.

COVID-19. Medidas en residencias de mayores y otros centros sociosanitarios

Medidas para residencias de mayores. Imagen de unas manos de una persona mayor

La Orden SND/265/2020, de 19 de marzo (BOE DE 21 de marzo), contiene medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros sociosanitarios ante el COVID-19:

  • Los centros tienen un día para clasificar a sus residentes en 4 grupos valorando síntomas y contacto con el coronavirus
  • Las personas trabajadoras de los centros deben ser asignados a cada uno de los 4 grupos de residentes, garantizando que sean los mismos los que les atiendan y sin rotaciones
  • Se extreman las medidas de limpieza
  • La autoridad sanitaria podrá modificar la prestación de servicios del personal sanitario para adaptarlos a las necesidades de atención en estos centros
  • El personal sanitario que haya tenido contacto estrecho con un caso posible o confirmado de COVID-19, si no presenta síntomas continuará realizando su actividad normal
  • Deberá realizarse la prueba diagnóstica de confirmación del COVID-19 a los que presenten síntomas. Los casos leves serán atendidos en los centros

Las personas con discapacidad con alteraciones en la conducta que se vean agravadas por el confinamiento pueden salir con un acompañante

La Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, publicada en el BOE de hoy (20 de marzo) y con efectos inmediatos, interpreta que los apartados  e) y g) del artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020 permiten la circulación por las vías de uso público, junto a un acompañante, a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento derivada del estado de alarma, con la única condición de que se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.

COVID-19. Autorizada, para supuestos concretos, la apertura de los talleres de reparación de vehículos de motor y la presencia de 2 personas en cabina en el transporte de mercancías por carretera

A través de la Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, se permite la apertura de los talleres de reparación y mantenimiento de los vehículos de motor, pero no al público en general, y la presencia de 2 personas en las cabinas de los vehículos del transporte público de mercancías por carretera.

COVID-19. Marina mercante: ampliado el plazo de validez de títulos administrativos y suspendidas las actividades inspectoras

La Orden TMA/258/2020, de 19 de marzo (BOE de 20 de marzo), afecta a determinados títulos administrativos expedidos por la Dirección General de la Marina Mercante y al desarrollo de las actividades inspectoras, previstos en la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, del siguiente modo:

COVID-19. Suspendida la apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico

La Orden SND/257/2020, de 19 de marzo (publicada en el BOE extraordinario del 19 de marzo y de aplicación desde ese momento), decreta el cierre de los establecimientos de alojamiento turístico dando un plazo máximo de 7 días naturales para llevarlo a cabo.

COVID-19. Validez de las tarjetas de cualificación de conductores, apertura de oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor y condiciones de uso de transportes por viajeros

La Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo (BOE de 19 de marzo), permite, por una parte, la utilización de las tarjetas de cualificación de los conductores cuya validez haya expirado a partir del 1 de marzo de 2020 hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo; por otra, que abran las oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor y, por último, determina las condiciones de utilización de determinados transportes terrestres de viajeros.

COVID-19. Sector marítimo-pesquero: prorrogada la validez de determinados certificados

La Resolución de 16 de marzo de 2020, del Instituto Social de la Marina, publicada y en vigor el 19 de marzo, prorroga la validez de los siguientes certificados preceptivos para, mientras se mantiene el estado de alarma por la crisis del COVID-19, proteger la salud de los ciudadanos y evitar problemas a los trabajadores del mar y a las empresas del sector marítimo pesquero.

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