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Permiso trabajador desplazado

Actualmente ejerzo mi labor profesional como trabajadora desplazada por lo que según el art. 40 de ET me corresponden 4 días de descanso en mi domicilio habitual cada 3 meses de desplazamiento. En mi empresa de origen en España me ofrecieron verbalmente la posibilidad de acumular dichos días de permiso y de juntarlos con otros periodos vacacionales. En cambio en la empresa de destino, en Alemania, se me niega la acumulación de dichos días y quieren obligarme a consumirlos en los periodos que se generan o se darán por perdidos. He leido en más de un sitio que la interpretación flexible de la norma y la jurisprudencia española avalan la información que se me dió desde mi empresa de origen. No obstante, me gustaría que alguien me confirmara este punto y me proporcionase la jurisprudencia favorable anteriormente mencionada o al menos me indicase donde consultarla. ¿Algún consejo sobre como enfocar el asunto ante mi empresa de destino?

esos permiso se deben disfrutar tal y como establece la normativa laboral es decir el estatuto, salvo que hubiera un pacto entre empresa y trabajador que siempre puede mejorar la norma mínima, siempre se debe realizar por escrito ya que de no ser así el trabaajdor que es el interesado en este caso en disfrutarlo de manera diferente a la establecida deberá demostrar la existencia de ese pacto. la jurisprudencia al respecto la podrás encontrar en las bases de datos jurídicas.

Muchas gracias, trataré de conseguir que alguien me ponga por escrtio lo que en su día me dijeron!