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contrato del personal laboral en la Administración

El Ayuntamiento de mi pueblo me contrato hace tres años para sustituir a un trabajador que tenía plaza para hacer labores de jardinería, además me han contratado con anterioridad para otro tipo de sustituciones, siendo correlativas las unas con las otras, por lo que nunca he estado inactivo . Ahora han convocado una plaza para cubrir el puesto que estoy ocupando. Entiendo que me he convertido en indefinido ¿me puedo quedar sin esta puesto?

Las Administraciones Públicas están situadas "en una posición especial en materia de contratación laboral, en la medida en que las irregularidades de los contratos temporales, no pueden dar lugar a la adquisición de la fijeza, pues con ello se vulnerarían las normas de derecho necesario sobre la limitación de los puestos de trabajo en régimen laboral y la reserva general a favor de la cobertura funcionarial, así como las reglas imperativas que garantizan que la selección debe someterse a los principios de igualdad, mérito y publicidad en el acceso al empleo publico". Pero, tras ello, además se afirma, por una parte, que el reconocimiento de las referidas irregularidades no llevará a consecuencias prácticas distintas de las que se derivarían de un contrato de interinidad con la garantía de empleo hasta la cobertura del puesto que se desempeñase, y, por otra parte, que el "carácter indefinido del contrato" implica que no esté sometido, directa o indirectamente, a un término, pero como la Administración empleadora está obligada a adoptar las medidas precisas para la provisión regular del puesto de trabajo, resulta que "producida esa provisión en la forma legalmente procedente, existirá una causa lícita para extinguir el contrato".