El Sistema de Liquidación Directa

El Sistema de Liquidación Directa

A partir de octubre de 2014 la Seguridad Social emitirá directamente a los empresarios la factura de las cotizaciones sociales a las empresas. Hasta ahora era la empresa quien comunicaba la liquidación de las cotizaciones sociales y la Seguridad Social reclamaba si existía algún error. Conozca el nuevo sistema.

¿A quién afecta?

A las empresas y empresarios, que son los obligados por ley a pagar las cotizaciones sociales suyas y las de sus trabajadores (a los que retienen después esa cantidad al hacerles efectiva la nómina).

¿Cómo se gestiona el nuevo sistema de liquidación directa?

El Sistema de Liquidación Directa se gestiona a través del actual Sistema RED, un medio telemático de transmisión de datos, ya consolidado entre empresas y profesionales en sus relaciones con la Seguridad Social.

¿Qué cambia respecto al anterior sistema?

Actualmente la empresa transmite la liquidación de sus cotizaciones a través del sistema RED y las paga. La Seguridad Social sólo puede reclamar a posteriori si detecta algún error o irregularidad.

¿Qué ventajas aporta?

  • Facilita y simplifica la cotización a la Seguridad Social.
  • Aumenta la seguridad de las empresas al ser la TGSS la que conoce y aplica las reglas de cotización de cada momento.
  • Los trabajadores y los usuarios del sistema de liquidación directa disponen de nuevos servicios que proporcionan mayor detalle sobre la cotización.
  • La TGSS presta su atención íntegramente por canales electrónicos.

¿Cómo se inicia el procedimiento?

El empresario debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores.

¿Cuándo facturará la TGSS?

La TGSS facturará de oficio los días 24 y 28 del plazo reglamentario de ingreso y diariamente a partir de este día y hasta el penúltimo día natural de dicho plazo. No obstante, la TGSS podrá facturar en cualquier momento anterior si así lo pide el empresario.

¿Con qué información se emite la factura?

La TGSS emite la factura en función de la información que conste en sus bases de datos, de la que obre en poder de otros organismos y de aquélla que deba aportar el empresario.

¿Qué tipo de información necesita enviar la empresa a la TGSS?

Sólo deberá comunicar la información no disponible en las bases de datos: bases de cotización, horas extras, etc.

¿Cómo se enterará el empresario del proceso de facturación antes de las fechas indicadas?

La TGSS emite un borrador previo de factura para su confirmación por parte de la empresa. Si falta información para realizar el cálculo comunicará los errores o carencias al empresario para que regularice la situación.

¿Cómo podrá ingresar el empresario la factura?

Está previsto que el empresario ingrese la factura de manera no presencial, a través de cargo en cuenta o pago electrónico. Además, desaparecen los boletines de cotización.

¿Qué buenas prácticas debe seguir el empresario para que el proceso de facturación sea exitoso?

  • Comprobar la información de los trabajadores para que sea coherente con la información de que dispone la TGSS.
  • Solicitar los primeros días del mes la factura con el objetivo de disponer de más tiempo para subsanar las posibles discrepancias que pudieran darse.
  • Comunicar, en plazo, los datos nuevos o las variaciones de los que constan en la TGSS.

¿Podrán realizarse todos los trámites vía telemática?

La finalidad del sistema de liquidación directa es que todos los trámites se hagan por vía telemática evitando la personación física en Administraciones.

¿Podrán realizarse actuaciones desde dispositivos móviles (ipad, tablets, smartphones…)?

La Seguridad Social está trabajando en esta línea, no obstante probablemente serán cuestiones que se implementen en fases posteriores del proyecto.

¿Cuál es la fecha de implantación prevista para el sistema de liquidación directa?

En octubre de 2014, hasta culminar su implantación. Inicialmente se implantará en empresas del Régimen General, y posteriormente al Régimen de Artistas, Sistema Especial Agrario y Régimen Especial del Mar.

¿Será de aplicación el sistema de liquidación directa a las Administraciones Públicas?

No está contemplada para la fase inicial de la implantación. Su incorporación será contemplada en fases posteriores.

¿Está prevista la realización de una fase de pruebas?

Desde octubre de 2013 se está desarrollando un programa piloto en el que están participando empresas de todas las provincias. A partir de julio de 2014 se van a iniciar unas pruebas de gestión sobre la versión definitiva, con funcionalidades más amplias que las del piloto en la que podrán participar un número limitado de empresas que gestionen autorizados RED, con independencia del programa de nóminas que utilicen (siempre que éstos hayan finalizado las adaptaciones necesarias para el sistema de liquidación directa).

¿Cómo se abordará la atención de las consultas e incidencias de los usuarios?

En la fase piloto del proyecto la atención al usuario se está llevando a cabo de manera directa desde los Servicios Centrales y Direcciones Provinciales de la TGSS. Una vez que comience la implantación, la TGSS dispondrá de un soporte adecuado que se prestará presencialmente, vía telefónica a través del teléfono 901502050 y del buzón de la página web de la Seguridad Social.

REVISTA ACTIVA.-SEGURIDAD SOCIAL