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compensación economica por traslado

La empresa de mi hermano lo traslada a Madrid a trabajar, como todos sabéis los alquileres son muy altos. ¿Puede reclamarle a la empresa en la compensación que le dan por traslado la diferencia de costes de alquiler de la ciudad de origen con la de destino?

El art. 40 ET no establece el derecho del trabajador, en el caso de traslado forzoso, a percibir una compensación igual al coste de la vivienda en el lugar al que fuera trasladado ni ninguna otra indemnización, salvo si optase por la extinción de la relación laboral, sino meramente una compensación por los gastos de traslado, esto es, por aquellos que se requieran para mover los muebles y enseres personales al nuevo domicilio y otros análogos, cuya fijación habría de hacerse en cada caso concreto.