COVID-19. Los controles en las fronteras interiores terrestres se prorrogan hasta las 00:00 horas del 10 de mayo

Como consecuencia de la tercera prórroga del estado de alarma, la Orden INT/368/2020, de 24 de abril (BOE de 25 de abril),  prorroga los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores terrestres  desde las 00:00 horas del 26 de abril de 2020 hasta las 00:00 horas del 10 de mayo de 2020.

Recuérdese que estas restricciones no se aplican a la entrada en el territorio nacional por vía terrestre de:

  • Ciudadanos españoles.
  • Residentes en España.
  • Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
  • Trabajadores transfronterizos.
  • Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
  • Transporte de mercancías.
  • Personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.
  • Personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

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