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Modificación del Reglamento de asistencia jurídica gratuita

Reglamento de asistencia jurídica gratuita

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, con el objetivo de adaptar su contenido a las últimas modificaciones legislativas y continuar reforzando el derecho a la tutela judicial efectiva mediante la mejora de este servicio público.

Entre las principales novedades, destacan la regulación de la asistencia jurídica inmediata a algunos colectivos especialmente vulnerables, la mejora de determinadas compensaciones del turno de oficio y la incorporación de una compensación específica para los abogados que alcancen acuerdos a través de mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos, evitando que los asuntos lleguen a los tribunales.

Refuerzo de la protección de las víctimas y de las personas vulnerables

El nuevo reglamento recoge las actuaciones necesarias para garantizar el derecho a la asistencia jurídica inmediata a las víctimas del terrorismo y de trata de seres humanos, a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección y a las mujeres y personas menores de edad víctimas de violencia sexual.

Criterio de gestión del INSS núm. 20/2026. Jubilación anticipada. Bomberos: requisito de permanencia en alta por la actividad correspondiente hasta la fecha del hecho causante

Bomberos. Jubilación anticipada

El asunto versa sobre el requisito de estar de alta en la actividad correspondiente en la fecha del hecho causante de la pensión para acceder a la jubilación anticipada por la actividad de bomberos y bomberos forestales al servicio de las administraciones y organismos públicos; agentes forestales y medioambientales al servicio de las Administraciones públicas; policías locales al servicio de las entidades que integran la Administración local.

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

Criterio de gestión del INSS núm. 19/2026 sobre complemento para la reducción de la brecha de género y no reintegro de cantidades percibidas por la progenitora tras el reconocimiento retroactivo al progenitor varón

Criterio de gestión del INSS núm. 19/2026

El asunto versa sobre los efectos de la extinción del complemento para la reducción de la brecha de género reconocido a un progenitor y la no exigibilidad del reintegro de las cantidades percibidas durante el periodo coincidente tras el reconocimiento con efectos retroactivos al progenitor varón en aplicación de la sentencia de 15 de mayo de 2025 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

El Gobierno facilita el acceso o mejora de la pensión de jubilación a los deportistas profesionales que ejercieron actividad antes de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social

El Gobierno facilita el acceso o mejora de la pensión de jubilación a los deportistas profesionales

  • Se podrán computar como cotizado para la pensión de jubilación los periodos de actividad ejercidos por los deportistas profesionales antes de su integración en la Seguridad Social
  • Esta medida se aplicará a quienes practicaron y acrediten cualquier disciplina deportiva con contrato profesional en territorio español entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de su integración
  • La ministra Elma Saiz: “Reconocemos el trabajo y esfuerzo que han hecho nuestros deportistas a lo largo de estos años. Es un acto de justicia con un colectivo que tantas alegrías y triunfos nos ha dado” 

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se declaran computables, a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación, los periodos de actividad ejercidos por los deportistas profesionales, que se realizaron antes de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Esta medida beneficiará a quienes residían en España y ejercían su actividad deportiva de forma habitual en territorio nacional, con contrato profesional, siempre que estuviesen incluidos en la relación laboral especial de deportistas profesionales, y la hubiesen desarrollado entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

El Gobierno aprueba blindar el derecho a la información de las condiciones de trabajo para luchar reforzando la transparencia del ámbito laboral

El Gobierno aprueba blindar el derecho a la información de las condiciones de trabajo

  • Las personas trabajadoras tendrán derecho a conocer las condiciones esenciales de empleo desde el inicio de la relación laboral
  • Las empresas no tendrán dos meses de plazo para facilitar la información como hasta ahora
  • Se garantiza el acceso de las personas trabajadoras a los criterios y reglas algorítmicas que determinen las condiciones de trabajo
  • Toda la información debe facilitarse en un formato accesible adecuado a las personas con discapacidad
  • Las retribuciones deberán explicitar salarios, complementos y cómo determinan estos últimos
  • Los convenios que amplíen el periodo de prueba legal deberán aportar las causas que justifican esta medida
  • Empleadores y empleadoras tendrán 30 días de plazo para facilitar a las personas con contrato en vigor la información que soliciten sobre sus condiciones de trabajo
  • Se regula la transparencia en la pesca y en la gente del mar

El Consejo de Ministros y Ministras ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Real Decreto por el que se transpone la Directiva (UE) 2019/1152, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.

Abogada General Tamara Ćapeta: La aplicación combinada de la norma que prohíbe los tatuajes visibles y la exigencia de vestir un uniforme específico para cada género es discriminatoria

Prohibición de tatuajes visibles

La política de selección para el acceso al cuerpo de policía italiano discrimina a las mujeres y no puede justificarse alegando que se trata de un requisito profesional esencial y determinante

La Sra. HG presentó su solicitud para convertirse en agente de policía en el cuerpo de policía italiano. Sin embargo, fue excluida del procedimiento de selección debido a que lucía un pequeño tatuaje en forma de flor en la pantorrilla izquierda.

En Italia se prohíbe a los agentes de policía tener tatuajes visibles cuando vistan uniforme. Por lo tanto, las normas que rigen el procedimiento de selección excluyen automáticamente a las personas que tienen tales tatuajes visibles. Durante el examen, se evidenció el tatuaje de la Sra. HG. Dado que el uniforme de representación incluye una falda y zapatos de salón, su tatuaje habría sido visible durante las ceremonias. Por lo tanto, fue excluida del procedimiento de selección.

Recurrió su exclusión ante los tribunales de lo contencioso-administrativo italianos, uno de los cuales planteó al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial relativa a la interpretación del Derecho de la Unión que prohíbe la discriminación por razón de sexo.

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