Esta web está especializada en temas de derecho laboral en España. Aquí podrá encontrar artículos de interés, noticias, sentencias y más información sobre el mundo laboral.

Además puede suscribirse al Boletín Gratuito de derecho laboral y social.

La Audiencia Nacional rechaza la obligación de conceder un día adicional a los trabajadores de contact center cuando un festivo coincida con sus vacaciones

Contact center

La Sala desestima la demanda presentada por las organizaciones sindicales

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha rechazado la demanda presentada por UGT en la que pedía que los trabajadores del sector de los contact center pudieran disponer de un día adicional cuando un festivo laboral coincidiese con sus vacaciones. 

En una sentencia, los magistrados desestiman la demanda presentada por la Federación Estatal de Servicios Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT), a la que se adhirieron otros sindicatos, contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Clientes (CEX). 

En sus pretensiones, UGT solicitaba que la Audiencia considerara no ajustada a Derecho la práctica empresarial consistente en integrar, absorber o considerar consumidos dentro del período de vacaciones anuales, regulado en el artículo 29 del III Convenio Colectivo Estatal del sector de contact center, los días festivos laborales del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores que coincidan con dicho período, sin compensación alguna. 

TSJ. IT derivada de accidente no laboral: el incumplimiento del pago delegado por la empresa traslada la obligación de anticipo a la entidad colaboradora, sin que exista responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia empresarial

IT derivada de accidente no laboral

Incapacidad temporal derivada de accidente no laboral. Incumplimiento por la empresa de su obligación de pago delegado. Presentación por la actora a la Mutua de 2 solicitudes de pago directo sin obtener respuesta. Responsabilidad subsidiaria del INSS en caso de insolvencia empresarial.

Cuando la cobertura de las contingencias comunes ha sido asumida por una mutua colaboradora por opción del empresario, es esta entidad y no el INSS quien soporta en exclusiva la responsabilidad derivada de los incumplimientos patronales de cotización, incluida la insolvencia del empleador. Así, las Entidades Gestoras no pueden reasegurar el riesgo derivado de los incumplimientos patronales ni resarcirse de lo satisfecho al beneficiario. Igual debe ocurrir cuando es una mutua la que asume la función aseguradora, precisamente porque esta percibe como contraprestación la fracción de cuota correspondiente determinada por el Ministerio. La responsabilidad subsidiaria del INSS en contingencias profesionales obedece a su condición de sucesor del extinguido Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, sin que existan normas semejantes que extiendan dicha garantía a las contingencias comunes anticipadas por la mutua. Cuestión distinta, que no concurre en el presente supuesto, sería la insolvencia de la propia mutua aseguradora, único escenario en el que la doctrina del Tribunal Supremo ha reconocido la responsabilidad subsidiaria del INSS en contingencias comunes.

TSJ. Descuento de salarios de tramitación por nuevo empleo: el solapamiento debe ser diario, quedando prohibido compensar más allá del salario de despido

Descuento de salarios de tramitación por nuevo empleo

Extinción de la relación laboral. Sentencia que declara la improcedencia del despido otorgando a la empresa la opción entre readmisión y extinción indemnizada. Solicitud por la actora de ejecución de sentencia por falta de readmisión y pago de indemnización 6 meses después de la notificación. Prescripción. Efectos. Descuento de salarios de tramitación por nuevo empleo.

La firmeza de las resoluciones judiciales opera por ministerio de la ley (ipso iure) una vez transcurrido el plazo legal para recurrir, sin que resulte preceptiva una providencia o diligencia de ordenación que la declare explícitamente. Por consiguiente, la falta de interposición del recurso de suplicación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación determina el inicio automático del cómputo del plazo de prescripción de tres meses para solicitar la ejecución. Al haberse interpuesto la ejecución 6 meses después ha prescrito el derecho a la indemnización y a los salarios de tramitación devengados con posterioridad a la notificación de la sentencia. No obstante, respecto a los salarios de tramitación devengados desde el despido hasta la notificación de la sentencia de instancia, hay que tener en cuenta las siguientes reglas: 1.-El descuento por nuevo empleo solo procede para los concretos días en los que haya existido solapamiento entre el devengo salarial y el trabajo para otro empleador, de modo que no procederá realizar la compensación en periodos no trabajados con posterioridad al despido.

TSJ. Licencias retribuidas: la empresa no puede exigir que se justifique día a día la continuidad del permiso de 5 días por hospitalización de familiares

Licencias retribuidas: la empresa no puede exigir que se justifique día a día la continuidad del permiso de 5 días por hospitalización de familiares. Imagen de la entrega de un documento en un escritorio de trabajo

Licencias retribuidas. Permiso de 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización. Empresa que comunica a sus trabajadores que cada uno de los días de permiso está condicionado a que el hecho/proceso causante continúe durante cada uno de esos días y a que se presente certificado por cada uno de ellos.

Si bien debe justificarse el hecho motivador del permiso, una vez que este queda acreditado, su desarrollo es ajeno tanto a la empresa como al control que esta pueda efectuar de los días de disfrute, pues ello supondría una intromisión en la esfera propia y particular del trabajador. La funcionalidad del permiso y la situación que lo genera ya no es necesario que en su continuidad se justifique, pues el legislador y el convenio ya presumen que existe la asistencia, la que es lógica no solo por el hecho de la hospitalización o el suceso, sino por el posible restablecimiento o empeoramiento de la salud.

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de septiembre de 2026)

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de septiembre de 2026). Imagen de una maza de juez y de fondo un degradado de libros

Real Decreto 723/2026: nuevas obligaciones de información para las empresas sobre las condiciones de trabajo

El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, publicado en el BOE de 15 de septiembre de 2026, incorpora parcialmente al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1152, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.

La norma supone una importante actualización de las obligaciones empresariales de información sobre las condiciones de trabajo. Para ello, desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y deroga y sustituye al Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio, ampliando considerablemente la información que debe ponerse a disposición de las personas trabajadoras.

Entre las novedades destacan la información sobre salario y conceptos variables, jornada y su distribución, periodo de prueba, formación, extinción del contrato, convenios colectivos, Seguridad Social, planes de igualdad y medidas LGTBI y, especialmente, sobre la utilización de sistemas algorítmicos o automatizados para adoptar decisiones que afecten a las condiciones de trabajo.

La norma entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, esto es, el 5 de octubre de 2026.