TIS. Despido objetivo por implantación de la IA: la empresa debe acreditar el uso efectivo de la tecnología y el vaciamiento real de funciones
Enviado por Editorial el Lun, 07/09/2026 - 13:29Despido objetivo. Causas técnicas y organizativas. Implantación de la Inteligencia Artificial (IA) como causa del cese. Empresa que implanta la metodología Model Based Definition (MBD) con el fin de automatizar tareas técnicas realizadas por personal especializado, absorbiendo progresivamente las funciones operativas y repetitivas del puesto de delineante del actor.
Si la causa es organizativa el empresario debe demostrar el acometimiento de una reorganización de sus medios materiales y personales que vacíen de contenido el puesto o puestos de trabajo que se pretenden amortizar, debiendo acreditarse razonablemente que el mantenimiento de dicho puesto provocaría un desequilibrio prestacional que pondría en peligro la viabilidad futura de la empresa y el mantenimiento del empleo. De igual forma, el ajuste en recursos humanos no puede basarse en la adopción de un sistema organizativo de mayor racionalidad, sino que debe venir motivado por la necesidad de garantizar la viabilidad futura de la empresa y del empleo. Será procedente la extinción objetiva por causas organizativas, cuando se acrediten la introducción de medidas de organización que vacíen de contenido uno o varios puestos de trabajo, como ocurriría al acreditarse el solapamiento de funciones de dos trabajadores. Para que tales cambios por causas organizativas y productivas puedan operar como causa de extinción colectiva o individual de relaciones laborales será preciso que provoquen una reducción real de las necesidades de mano de obra, de modo que la medida permita mantener o restablecer la equivalencia entre las nuevas exigencias y el personal contratado para atenderlas.










