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Planes de movilidad sostenible al trabajo en la Ley 9/2025

Planes de movilidad sostenible al trabajo en la Ley 9/2025. Imagen de unas bicicletas y scooters estacionadas en una acera

La Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de movilidad sostenible, introduce una regulación integral de la movilidad desde una perspectiva transversal. Aunque es una norma eminentemente sectorial –centrada en la planificación, financiación y gobernanza del transporte y la movilidad en España– incorpora previsiones con incidencia directa en el ámbito sociolaboral. Estos aspectos se proyectan tanto sobre la negociación colectiva, como sobre la organización del trabajo, la igualdad, la inclusión y la prevención de riesgos laborales asociada a los desplazamientos.

LA MOVILIDAD SOSTENIBLE COMO MATERIA INCORPORADA A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La disposición final tercera modifica el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, ampliando el contenido posible de los convenios colectivos para incluir el deber de negociar medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible al trabajo con el alcance y contenido previstos en la propia Ley 9/2025. Esto abre la puerta a que los convenios regulen, entre otros aspectos:

  • la organización de los desplazamientos al centro de trabajo;
  • incentivos al transporte colectivo o a la movilidad activa;
  • la gestión de aparcamientos y accesos;
  • la adaptación de horarios o turnos vinculados a la movilidad;
  • actuaciones coordinadas con entidades locales y grandes centros de actividad.

TS. Aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de 50 o más años en empresas con beneficios. Si se cumplen los requisitos legales no cabe dejar sin efecto la liquidación por consideraciones no previstas en la norma

Aportaciones económicas por despidos que afecten a trabajadores de 50 o más años en empresas con beneficios. Si se cumplen los requisitos legales no cabe dejar sin efecto la liquidación por consideraciones no previstas en la norma. Imagen de muchas baterías de pilas de colores

Silver Sanz S.A. Recurso contra la liquidación por el SEPE de la aportación al Tesoro Público de las empresas de más de 100 trabajadores con beneficios en los ejercicios anteriores que practiquen despidos colectivos que incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad.

En el caso analizado, el Tribunal Superior de Justicia estimó la demanda de la empresa y dejó sin efecto la liquidación (278.704,41 euros) ya que, pese a tramitarse correctamente el procedimiento, cumplirse los requisitos legales para el devengo de la aportación y no discutirse su cuantificación, consideró que por la situación ulterior de la empresa y las circunstancias del despido colectivo la indicada aportación no cumplía la finalidad querida por el legislador.

Selección de jurisprudencia (del 16 al 30 de noviembre de 2025)

Consulte aquí la selección de sentencias más importantes recopiladas entre el 16 y el 30 de noviembre de 2025. Imagen de un despacho de un juez, con libros, mazo y la figura de la justicia en la mesa

Consulte aquí en formato pdf

Telefónica va a por lana, pero sale trasquilada: Planes de Igualdad, «arma de exclusión masiva» de empresas licitadoras en concursos públicos

Telefónica va a por lana, pero sale trasquilada: Planes de Igualdad, «arma de exclusión masiva» de empresas licitadoras en concursos públicos. Imagen del simbolo de equidad de género

Cristóbal Molina Navarrete

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Universidad de Jaén

 

«[…] sabéis que yo no pretendo enseñaros nada, y que solo me aplico a sacudir la
inercia de vuestras almas, a arar el barbecho empedernido de vuestro pensamiento [y]
a sembrar inquietudes […]»

Antonio Machado (Sentencias y Donaires)

Criterio de gestión del INSS núm. 17/2025 sobre régimen de compatibilidades e incompatibilidades de las prestaciones en favor de familiares

Compatibilidades de las prestaciones en favor de familiares

El asunto versa sobre el régimen de compatibilidad/incompatibilidad entre las prestaciones en favor de familiares (PFF) y las prestaciones por desempleo.

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

Criterio de gestión del INSS núm. 16/2025. Cómputo recíproco de cotizaciones para determinar la edad ordinaria exigida para la jubilación parcial

Cómputo recíproco de cotizaciones

Se consulta si es posible computar recíprocamente las cotizaciones al Régimen de Clases Pasivas y al sistema de la Seguridad Social a efectos de determinar la edad ordinaria de jubilación de la que se parte para acreditar la edad exigida en el artículo 215.2.a) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (TRLGSS).

(INSS: Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica)

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