El TSJ de Canarias aplica a una mujer la doctrina del «varón discriminado» para abonarle un complemento
Enviado por Editorial el Mié, 04/03/2026 - 14:42La Sala revoca el fallo que negaba a la afectada, una pensionista incapacitada, su derecho a percibir íntegramente el antiguo plus de maternidad
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su sede de Las Palmas ha dado la razón a una pensionista con incapacidad permanente y ha reconocido su derecho a cobrar íntegramente el complemento por aportación demográfica (antiguo complemento de maternidad) desde la fecha inicial de reconocimiento de su pensión, y no solo con tres meses de retroactividad, como sostenía el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La mujer, nacida en 1967 y madre de dos hijos, es beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente total reconocida por el INSS mediante resolución de 27 de noviembre de 2020. El 13 de febrero de 2023 solicitó el complemento por aportación demográfica ligado a su pensión.
El INSS le reconoció ese complemento por maternidad el 25 de septiembre de 2023, fijando una cuantía mensual de 28,47 euros y abonando atrasos solo desde el 2 de noviembre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023, aplicando la regla general de retroactividad máxima de tres meses del artículo 53 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Agotada sin éxito la vía administrativa, la interesada acudió a los tribunales.










