TS. Acceso al recurso de suplicación. Determinación de la cuantía litigiosa que constituye el objeto del proceso cuando se reclaman diferencias respecto de una pensión reconocida en vía administrativa

Recurso de suplicación. Determinación de la cuantía litigiosa  que constituye el objeto del proceso. Prestación de jubilación reconocida por  el INSS en vía administrativa. Trabajador que reclama una superior pensión.
La cuantía a efectos del recurso de suplicación debe  calcularse conforme a la diferencia en cómputo anual entre la suma de la  pensión reconocida por el INSS en vía administrativa y la reclamada en la  demanda, que no entre esta última y la resultante de la sentencia de instancia  que estima parcialmente la pretensión formulada por el trabajador. Recurso de casación para la unificación de  doctrina. En una materia como la presente, no es necesario invocar sentencia  de contraste, pues la cuestión del acceso a suplicación por razón de la cuantía  puede ser examinada de oficio por la sala, aunque no concurra la contradicción,  puesto que afecta al orden público procesal y a su propia competencia  funcional, sin que el tribunal quede vinculado por la decisión que se haya  adoptado en trámite de suplicación.
(STS, Sala de lo Social, de 4 de abril de 2019, rec. núm. 1291/2017)

 
   
   
   
  

