El acoso laboral: síntoma de una empresa enferma

El acoso laboral puede vulnerar múltiples bienes jurídicos protegidos, a saber, derecho a la dignidad, a la integridad física y moral, al honor, intimidad personal, familiar y a la propia imagen, al trabajo, a la libertad de expresión y comunicación, a trabajar en un entorno saludable e higiénico, a la igualdad y no discriminación, etc. Las consecuencias son, literalmente, devastadoras para entre el 9 y el 14 % de la población activa que lo sufre, ya que no solo es la gran cantidad de tiempo que pasan en el trabajo, sino que los problemas que acarrea se expanden y copan todas y cada una de las esferas de su vida, afectando inevitablemente a la empresa (v. gr. mal ambiente, mayor número de accidentes, menor rendimiento) y a la sociedad en su totalidad (v. gr. bajas, gastos médicos). Dos cuestiones son dignas de mención: en general, las víctimas de mobbing son empleados comprometidos, implicados, íntegros y con un desempeño profesional regido por unos estándares éticos elevados, es decir, productivos para las empresas, y son una de las víctimas menos apoyadas y más incomprendidas por la propia definición y desarrollo de los procesos de acoso. Por otra parte, las características de las empresas donde se dan estas conductas presentan unas características distintivas, al tiempo que también se aprecian diferencias en cuanto a las estrategias utilizadas entre acosadores y acosadoras. Por todo ello, invertir en mejorar la organización del trabajo, el espacio físico en que se realiza y el modo en que se encargan y ejecutan las tareas, es la manera óptima de convertir el lugar de trabajo en un ambiente que favorezca el crecimiento personal y la autorrealización, redundando en beneficios para los empleados e, indudablemente, para la empresa y para la sociedad en su totalidad.

Palabras claves: mobbing; acoso laboral; daño psicológico; género; recursos humanos; organizaciones.

Susana Blanco Fernández
Doctora en Psicología. Gabinete de Psicología Recursos

Carmen González Pais
Psicóloga forense acreditada. Gabinete de Psicología Recursos

Judith Velasco Rodríguez
Investigadora. Departamento de Psicología de la Universidad de Córdoba

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RTSS. CEF. NÚM. 422 (mayo 2018)

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