Aprobado el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación

Aprobado el modelo 185

Se aprueba el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación por los órganos o entidades gestores de la Seguridad Social, y las Mutualidades alternativas a la Seguridad Social, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

En el BOE de hoy, 29 de octubre de 2025, se ha publicado la ORDEN HAC/1197/2025 de 21 de octubre, por la que se aprueba el modelo 185, «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, y será de aplicación por primera vez para las declaraciones del modelo 185 relativas al mes de enero de 2026, que se presentarán en el mes de febrero de 2026.

Los obligados a presentar este Modelo 185 son, de acuerdo con el art 69.6 Rgto IRPF, los órganos o entidades gestoras de la Seguridad Social, incluidos los que gestionan los regímenes especiales de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia y las Mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

La presentación de este modelo tendrá carácter mensual, y se realizará en el plazo de los diez días naturales siguientes a la finalización del mes al que se refiera la declaración.

Se deroga la Orden HAC/96/2003, de 28 de enero, por la que se aprueban los diseños físicos y lógicos, modelo 185 y se establece que esta nueva declaración informativa, modelo 185, debe presentarse conforme a lo dispuesto en la ORDENHAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.