Avances en la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo: algunos apuntes sobre la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12/12/2017

La prevención en el terreno del cáncer de origen profesional o cuya conexión con el trabajo se sospecha ocupa un lugar destacado en la agenda europea en la actualidad. A una prevención más centrada en la lucha contra las enfermedades derivadas del trabajo se unen medidas específicas destinadas a la protección de la seguridad y salud frente a los agentes carcinógenos o mutágenos. La protección en este terreno se centra en la fijación de valores límite. La Directiva 2017/2398 supone un avance notable en cuanto al número de agentes contemplados y la fijación de valores más estrictos. No obstante, la conexión de esta parcela de la seguridad y salud con los avances científicos y tecnológicos hace que también se haya considerado conveniente aludir al principio de cautela, que esencialmente ha de inspirar la actuación de la Unión en el avance imparable hacia la mejora constante de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Ahora bien, en el ámbito empresarial, el principio debe delimitarse respecto a los exigentes deberes empresariales en orden a la evitación, sustitución y evaluación del riesgo de la exposición a agentes carcinógenos. En este sentido, la directiva incide en aspectos relevantes, ya vigentes en derecho interno, como la prolongación de la vigilancia de la salud más allá de la finalización de la exposición o la necesidad de seguir avanzando en la investigación, prevención y protección del derecho a la reproducción de los trabajadores.

Palabras clave: agentes carcinógenos y mutágenos; principio de cautela; valores límite; vigilancia de la salud.

María Teresa Igartua Miró
Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Sevilla

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
RTSS. CEF. NÚMS. 425-426 (agosto-septiembre 2018)

Comprar Documento en ceflegal.com

Referencias bibliográficas

Benavides, F. G., Menéndez, A., Declòs, J. y Luque, M. (2012). Evidencia científica y responsabilidad legal en salud laboral: recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene tras la muerte por mesotelioma de un trabajador. Archivos de Prevención de Riesgos Laborales, 15(2), 86-89.
Cierco Seira, C. (2004). El principio de precaución: reflexiones sobre su contenido y alcance en los derechos comunitario y español. Revista de Administración Pública, 163, 73-125.
European Trade Union Institute. (2017). The cost of occupational cancer in the EU-28. Bruselas: ETUI.
Fumero Dios, I. S. (2018). La Hoja de ruta de la Unión Europea sobre agentes carcinógenos en el trabajo. Trabajo y Derecho, 40, 68-80.
Jáuregui Medina, J. (2013). La construcción histórica del principio de precaución como respuesta al desarrollo científico y tecnológico. Revista Internacional de Éticas Aplicadas (DILEMATA), 11, 1-19.
Moreno Marcos, M. (2007). El principio de precaución en torno a la salud y seguridad de los trabajadores en Europa: propuestas para el debate. Derecho del Trabajo, 4, 265-290.
Muñoz Ruíz, A. B. (2010). Nuevos estándares judiciales en el derecho comunitario de la seguridad y salud en el trabajo: el principio de precaución o cautela. En Los mercados laborales y las políticas sociales en Europa (pp. 689-703). Madrid: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Muñoz Ruíz, A. B. (2011). Los riesgos del desarrollo como límite del deber de seguridad empresarial. Revista Doctrinal Aranzadi Social, 3(16), 49-55.
Rodríguez López, B. (2013). ¿Cuánta ignorancia? El principio de precaución y la falta de certeza absoluta. Azafea. Revista de Filosofía, 15, 221-239.
Sanz Baos, P. (2004). Los principios de prevención y de cautela en el derecho ambiental. Revista Jurídica de la Comunidad de Madrid, 19, 1-11.
Segura, A. (2003). El conocimiento científico y el principio de precaución en salud laboral. Archivos de Prevención de Riesgos Laborales, 6(4), 154-157.