Fijadas para 2013 las bases normalizadas de cotización de la Minería del Carbón

La Orden ESS/2029/2013, de 28 de octubre, publicada en el BOE de 4 de noviembre, fija las bases de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, normalizadas para cada una de las categorías y especialidades profesionales, que han de aplicarse durante el ejercicio 2013.

Los plazos especiales para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de lo dispuesto en esta Orden de 28 de octubre, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante los meses transcurridos del presente ejercicio 2013, se fijan en la Resolución de 5 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social en la forma siguiente:

a) En el plazo que finalizará el último día del mes de marzo del año 2014, las diferencias de cotización correspondientes a los meses de enero a abril de 2013, ambos inclusive.

b) En el plazo que finalizará el último día del mes de mayo del año 2014, las diferencias de cotización correspondientes a los meses de mayo a agosto de 2013, ambos inclusive.

c) En el plazo que finalizará el último día del mes de julio del año 2014, las diferencias de cotización correspondientes a los restantes meses de 2013.