Reguladas las condiciones de impartición de la formación de los certificados de profesionalidad

La Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre (BOE de 17 de octubre), con entrada en vigor el 18 de octubre, determina las condiciones relativas a la impartición de la formación de los certificados de profesionalidad tanto en la modalidad presencial como en la teleformación, si bien esta última adquiere especial protagonismo abordándose con detalle la metodología a seguir, el sistema tutorial y la evaluación del aprendizaje en la misma, así como los requisitos y acreditación de los centros y entidades de formación.
Pero el contenido de la Orden no se agota en lo anterior, destinándose una parte importante a la regulación de los aspectos relacionados con la evaluación de los resultados de aprendizaje en los módulos formativos, y a la calidad, seguimiento y control de las acciones formativas vinculadas a los certificados de profesionalidad, y, en ambos casos, tanto para la modalidad de impartición presencial como para la teleformación.