Contrato en prácticas

Persona joven trabajando

Un contrato en prácticas tiene como objetivo adquirir experiencia sobre los estudios cursados del trabajador. Un contrato en prácticas no es igual a un contrato de formación y aprendizaje. Tampoco es similar a las prácticas no laborales que se realizan durante los estudios como complemento a los conocimientos teóricos que se imparten durante la duración del curso.

Requisitos para acceder a un contrato en prácticas

Para acceder a un contrato en prácticas debes de tener un título universitario, de formación profesional, un certificado de profesionalidad o un título equivalente de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.

También es necesario que no hayan transcurrido más de cinco años desde la terminación de los estudios. En el caso de personas con discapacidad, este periodo de tiempo puede ser de siete años. Si el trabajador tiene menos de 30 años, no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios.

Duración de un contrato en prácticas

La duración de un contrato en prácticas no puede ser inferior a seis meses ni exceder los dos años. Dentro de estos límites los convenios colectivos de ámbito sectorial pueden determinar la duración. Si se hace por menos de dos años, se pueden acordar hasta dos prórrogas de con una duración mínima de seis meses.

Se puede establecer un período de prueba del contrato en prácticas, que no podrá ser de más de un mes para trabajadores que estén en posesión de un título de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 ó 2, o de más de dos meses para los trabajadores con titulación superior o certificado de profesionalidad de nivel 3. La única excepción a esto es que lo recoja el convenio colectivo. La duración de las prácticas computarán a efectos de antigüedad en la empresa.

¿Cómo se calcula el sueldo de un contrato en prácticas?

El sueldo de un contrato en prácticas está fijado por el convenio colectivo para los trabajadores en prácticas. En ningún caso debe ser inferior al 60 por ciento durante el primer año, o al 75 por ciento durante el segundo año, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo u otro equivalente.

En ningún caso el salario debe ser inferior al salario mínimo interprofesional.

Si el contrato es a tiempo parcial,el salario se reducirá en función de la jornada pactada.

¿Cómo se formaliza un contrato en prácticas?

La formalización de un contrato en prácticas debe de ser por escrito. En el contrato debe especificarse la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo que desempeñará durante las prácticas. La empresa tiene que comunicar en el plazo de diez días desde la concertación del contrato al Servicio Público de Empleo Estatal SEPE, lo mismo que sus prórrogas.

Certificado de prácticas

Una vez que hemos acabado nuestro periodo de prácticas, la empresa debe de expedir al trabajador un certificado con la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas que se realizaron en cada uno de ellos.

¿Se puede pasar de un contrato de prácticas a indefinido?

Sí se puede pasar de un contrato de prácticas a uno indefinido, a tiempo parcial o completo. Por parte de la empresa tendrá derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500 euros al año durante los tres años posteriores. En el caso de que puesto lo desempeñe una mujer, esta cuantía será de 700 euros al año.

Si el contrato se hace a un trabajador discapacitado existe la posibilidad de obtener los beneficios que se establecen en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, modificado por el Real Decreto 170/2004, de 30 de enero, y en la Ley 43/2006, de 29 de septiembre, por la transformación del contrato temporal en indefinido.

Beneficios a las empresas que contraten en prácticas

Las empresas también pueden beneficiarse de una serie de incentivos a la contratación. Si el contrato se concierta con una persona menor de 30 años (o de 35 si el trabajador tiene algún grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento), tendrá derecho a una reducción del 50 por ciento de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

En el caso de que el trabajador estuviera realizando prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato en prácticas, la reducción de cuotas será del 75 por ciento.

SEPE

Te puede interesar: