COVID-19: restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países

La Orden INT/294/2021, de 26 de marzo (BOE de 29 de marzo), adopta dos medidas:

  • Por una parte, prorroga hasta las 24:00 horas del 30 de abril de 2021 los efectos de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que ya ha sido objeto de modificaciones y prórrogas, la última de ellas mediante la  Orden INT/161/2021, de 24 de febrero, que extendía su efectos hasta las 24:00 horas del 31 de marzo.
  • Por otra, deja sin efectos a partir de las 18:00 horas del día 30 de marzo de 2021 (hora peninsular), la Orden INT/1236/2020, de 22 de diciembre, por la que se establecen criterios para la restricción temporal del acceso por vía terrestre al espacio Schengen a través del puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar por razones de salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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