Banner Cursos CEF.

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

En despido disciplinario, se tiene derecho a prestación por desempleo

Por favor:
Una persona despedida por "despido disciplinario", tiene derecho a percibir la prestación por desempleo ( es decir cobrar el paro )
Muchísimas gracias.

Forums: 

si lo tendrá si reune los requisitos para ello, art 208 LGSS

Muchísimas gracias Patricia.
Si no es mucha molestia, y si tienes unos minutos libres, me puedes detallar un poco más esta respuesta.
Pido disculpas por ser tan pesado, pero me gustaría saber si un trabajador que no se presenta al trabajo durante varios días, esta claro que procede un despido disciplinario. Luego de este despido, este trabajador tiene derecho a percibir el subsidio de desempleo ( Paro ).
Insisto: muchísimas gracias.

pues en cuanto a las faltas de asistencia no es tan sencillo hay unas reglas de computo en el art 52 d) si es objetivos por faltas intermitentes si es disciplinaio seria por el art 54. pero se tiene que probar una volutnad terminante y clara por parte del trabajador que no querer incorporarse ( que no se den motivos ajenos a su volutnad) en todo caso si hay derecho a la prestación por desepleo ( contributivo no el subsidio que reune otros requisitos) puesto que es despido, y si además reune los requisitos de periodo minimo de cotización, y solicitud en tiempo pues generara el derecho a ello.