Desarrolladas las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, FOGASA y Formación Profesional para 2011

La Orden TIN/41/2011, de 18 de enero desarrolla las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 (art. 132), reproduciendo las bases y tipos de cotización reflejados en aquella ley y adaptando a los supuestos de contratos a tiempo parcial las bases de cotización fijadas con carácter general.

En materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales será de aplicación la tarifa de primas establecida en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos para 2007 (disp. adic. cuarta).

Se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos, como son los de convenio especial, colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia, así como los coeficientes para la determinación de las aportaciones a cargo de las Mutuas al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social.

Por último, se destaca la determinación en el Anexo de la Orden de los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema, correspondientes al ejercicio 2010, y el volumen de cotización por contingencias profesionales a alcanzar durante el período de observación, para el cálculo del incentivo previsto en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, consistente en reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.